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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Hola buenas tardes, yo ya hace un año y medio cobro progresar, presente el formulario de acreditacion en diciembre y aun hoy en el mes de Abril, no me han dado el retroactivo, que debo hacer?

  2. Hola yo estoy cobrando este beneficio hace tres años ya y estoy cursando en la universidad cumpliendo con todos los requisitos y sin embargo no me pagaron este reintegro el ultimo año, osea en 2015, que debo hacer??
    Desde ya muchas gracias

  3. hola yo no cobre la retencion del 20% del mes de marzo debido a que no presente el formulario podria presentarlo ahora para poder cobrar o que deberia hacer?? una respuesta por favor.gracias

    1. Dalia Se presenta una vez por año y si no la presentas no solo no te pagan lo retenido del año anterior sino que dejan de pagarte el mes

      1. yo si presente en septiembre pero veo que se bebe presentar dos veces por año y ahora no entiendo

      2. Dalia, la certificación de escolaridad se presenta dos veces al año en PROGRESAR, en agosto y diciembre.

  4. Hola, yo cobro progresar desde octubre del año pasado y termine de cursar el curso de ingreso en diciembre, sigo cobrando pero, tengo derecho a cobrar el retroactivo?

  5. Buenas noches, soy estudiante universitario de la nacional de Córdoba, debo presentar el formulario Ps2.68 yo o lo presenta mi facultad ?. Como se si la facultad envía el formulario o si está adherida para realizar este trámite automáticamente. Muchas gracias

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