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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

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882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Hola buenas noches… Queria consultar porque en el mes de agosto no me pagaron el retroactivo. Lo estan pagando? Para saber si tengo o no que arrimarme hasta la entidad a reclamar. Gracias.

  2. Hola, les quería hacer una pregunta. Yo presente los papeles este mes como dice el PROGRESAR y supuestamente se pagaba el retenido. Es así o se paga solo a fin de año y listo? saludos y gracias

  3. Hola yo perdí el beneficio el mes pasado no se porque si presentó todos los papeles en tiempo y en forma, mi pregunta es si yo puedo cobrar el retroactivo? Como venía cobrando los 720 desde febrero se supone que justo por estos meses lo cobraba al retroactivos pero me sacaron e beneficio, lo mismo lo cobro a eso?

  4. Hola soy Dayana.. hace un año cobro el plan y aun no me pagan el retroactivo. Es conveniente reclamarlo. ? Varios compañeros lo cobraron ya a

  5. Hola yo presente el formulario hace un par de meses atrás, o sea lo renove, y aun no cobro el retroactivo. por que sera ?

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