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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. hola! tengo una duda,a mi me aparece en la pagina de anses cuando hago la consulta de cuando y donde cobro» banco no encontrado y agencia no encontrada» que significa? debo hacer algun reclamo? gracias

  2. Hola yo ya soy beneficiaria de progresar cobro todos los meses normalmente, ahora para que me den el 20%retenido y seguir cobrando la prestación que es lo que debo presentar ?
    Si me pondrías directamente el número de formulario te agradecería ,gracias…

  3. Hola, estudio una carrera universitaria, fui a llevar los papeles al anses y me dijeron que no era necesario, que ellos obtienen mi información académica directamente con la facultad y que el retroactivo se paga sólo una vez al año, que retroactivo que corresponde a agosto no se paga ese mes, sino que el pago se realizará el mismo mes en el que se realizó el pago del retroactivo la vez anterior (o sea, febrero). Mi pregunta es: eso es así? Porque se supone que tenemos que cobrar lo retenido en los meses del año pasado se paga dentro de 60 a 90 días de presentado los papeles en agosto. Agradecería su respuesta.

  4. por favor que ande la pagina para cargar on line los datos asi me evito sacra turno en el anses!!!!!!!!

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