La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que se ha lanzado la versión 39 del aplicativo Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS), el cual podrá ser descargado mediante la página www.afip.gob.ar. A partir del 31 de marzo de 2015, dicho software debe ser utilizado por los empleadores para realizar el ingreso de los aportes y las contribuciones de sus trabajadores.
La gran novedad de la nueva versión del aplicativo SICOSS es el sistema Declaración en Línea, lo cual hace que AFIP recepcione automáticamente las obligaciones de los contribuyentes.
Es obligatorio utilizar la Versión 39 del Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social para realizar las Declaraciones Juradas devengadas en Marzo de 2015 y siguientes. Además, la misma se tiene que utilizar la misma para las rectificativas que se efectúen a períodos anteriores al mes pasado.
Las nuevas funciones que se incorporan en la nueva versión del software son las siguientes:
- Se incorpora el código de situación de revista 43, el cual puede ser utilizado por la empresa de servicios eventuales a partir del período devengado en agosto de 2014 cuando el trabajador permanezca parte del del período en dicha empresa y el resto del mes en la empresa usuaria.
- Se agregan los códigos de modalidades de contratación 994, 985 y 987 para que se identifique correctamente a los empleados comprendidos por los Convenios de Corresponsabilidad Gremial del sector yerbatero de las Provincias de Misiones y Corrientes y del sector vitivinícola de las Provincias de Neuquén y La Rioja.
- Se han actualizado los montos mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones conforme a la Resolución 44/2015 de la ANSES.
- Se permite el uso de las modalidades de contratación habilitadas para microempleadores (301 a 306) para personas físicas, sociedades de hecho o sociedades de responsabilidad limitada. El sistema controla que dichos empleadores declaren como máximo a siete trabajadores y que solamente cinco de ellos utilicen el beneficio de reducción de alícuotas de contribuciones patronales.
- No permite ingresar la condición 06 (prejubilables) para actividades 31, 97 y 98 y modalidades de contratación 301 a 315 referidas al régimen de la Ley N° 26.940.
- En el caso del régimen de promoción de nuevos puestos de trabajo establecidos por el Título II de la Ley N° 26.940, se aplican distintos porcentajes de reducción de contribuciones dependiendo de la cantidad de empleados declarados:
- De 1 a 15 (Modalidad de contratación 307 a 310).
- De 16 a 80 (Modalidad de contratación 311 a 313).
La versión 39 del SICOSS podrá ser descargada mediante la sección «Aplicativos» de la página oficial de AFIP.
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