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Cronograma de vencimientos de AFIP para autónomos en abril de 2015

El lunes 6 comenzará a vencer el pago de los aportes y de las contribuciones de los trabajadores independientes inscriptos en el Régimen General. A continuación detallamos el cronograma de vencimientos de AFIP para autónomos en abril de 2015 y las formas en las cuales se puede cumplir con esta obligación, siendo una de ellas el pago online mediante la generación del VEP en la página www.afip.gov.ar. El calendario de vencimientos del pago de la cuota de autónomos depende del dígito verificador del número de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de cada contribuyente. Dicho cronograma para el mes de abril de 2015 es el siguiente: Fecha de vencimiento Terminación de CUIT 06/04/2015 0 y 1 07/04/2015 2 y […]

El lunes 6 comenzará a vencer el pago de los aportes y de las contribuciones de los trabajadores independientes inscriptos en el Régimen General. A continuación detallamos el cronograma de vencimientos de AFIP para autónomos en abril de 2015 y las formas en las cuales se puede cumplir con esta obligación, siendo una de ellas el pago online mediante la generación del VEP en la página www.afip.gov.ar.

El calendario de vencimientos del pago de la cuota de autónomos depende del dígito verificador del número de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de cada contribuyente. Dicho cronograma para el mes de abril de 2015 es el siguiente:

Fecha de vencimiento Terminación de CUIT
06/04/2015 0 y 1
07/04/2015 2 y 3
08/04/2015 4 y 5
09/04/2015 6 y 7
10/04/2015 8 y 9

Recordemos que otra manera de consultar la fecha de vencimiento de la cuota es por mensaje de texto. para acceder a dicho servicio de AFIP es necesario mandar un SMS con las palabras «Vence (espacio) Autonomos» al 2347.

Las formas de pagar autónomos son:

  • Debido en tarjeta de crédito o cuenta bancaria. Aquellos trabajadores autónomos que elijan este medio de pago obtienen una bonificación anual de una cuota siempre y cuando cumplan con los requisitos detallados AQUÍ.
  • Pago electrónico. Para cancelar la obligación por Internet se debe generar un VEP con el número de CUIT y la Clave Fiscal en la página de AFIP.
  • Cajero automático.
  • Personalmente en las entidades habilitadas por el organismo. Para ello se debe mostrar el Formulario 1021 o indicar el Código de Registro Autónomo y el importe a pagar.

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