Para ampliar nuestra nota relacionada al servicio domestico publicada el día 21 de diciembre de 2007, comunicamos que en la página Web de la AFIP, www.afip.gov.ar, se dispone del formulario Nº 102 que sirve para poder ingresar los pagos de los aportes y contribuciones del servicio domestico en relación de dependencia, como así también los intereses resarcitorios en caso de corresponder.
A su vez en la parte inferior del formulario 102 encontramos el recibo de pago donde figura la retribución que se le paga, corresponde hacer firmar una copia al trabajador y guardarla, y la otra copia entregársela como constancia de haber realizado los aportes y contribuciones correspondientes (figura número de ticket del comprobante de pago) y haber recibido su pago.
El formulario 102 debe estar completo con número de CUIL del trabajador, periodo que se liquida, y completar condición del trabajador:
- Trabajador activo,
- Trabajador Jubilado
- Trabajador menor
Horas semanales (marcar con un tilde) y de ahí surge el importe a pagar.
En el recibo de pago completar:
- De la persona que otorga el trabajo: CUIT, nombre – apellido y domicilio
- De la persona que trabaja: Nombre – apellido
- Monto total de la retribución
- Nº de comprobante del ticket emitido por el pago de los aportes y contribuciones
- Lugar y fecha
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estoy trabajando los martes miercoles y jueves de 10 a 16 y me paga por los tres dias 170 pesos ahora me quieren blanquear pero no se si esta bien lo que cobro y quien deberia pagar los aportes y si debo reclamar algo sobre los tres años de trabajo en negro
QUISIERA SABER CUANTO DEBEN PAGARME POR 18 HORAS SEMANALES YO HACE 3 AÑOS QUE TRABAJO EN NEGRO Y AHORA ME QUIEREN BLANQUEAR
estela
La pregunta debe estar completa 18 horas? dias horas, etc?
desearia saber cuanto es el suldo mensual de una empl. domestica por 8 hs ,3 veces x semana y cuanto es el aporte q debe realizar el empleador x eso, gracias,necesito q me contestes lo + pronto posible
violeta
Por hora entre $12.- y $15.- la hora, aportes $46.75 trabajadora $35 empleadora
http://www.econoblog.com.ar/2711/regimen-del-servicio-domestico-formularios/
quisiera saber si es verdad que las empleadas domesticas vamos a poder gozar del beneficio de las asignacione por hijo, y si las que trabajamos de lunes a sabado debemos trabajar obligatoriamente los feriados. En caso que sí, nos deberian pagar doble?. gracias
Hola Graciela, necesitaría saber cuanto hay que pagarle a una empleada domestica de 8 hs. a 17hs de lunes a viernes y sabado de 8 a 14 para la atención de una casa con dos personas ne la provincia de San Juan, una de las personas no esta en todo el día y la otra es anciana