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AFIP, Servicio domestico, recibo de sueldo y comprobante de pago

Para ampliar nuestra nota relacionada al servicio domestico publicada el día 21 de diciembre de 2007, comunicamos que en la página Web de la AFIP, www.afip.gov.ar, se dispone del formulario Nº 102 que sirve para poder ingresar los pagos de los aportes y contribuciones del servicio domestico en relación de dependencia, como así también los intereses resarcitorios en caso de corresponder. A su vez en la parte inferior del formulario 102 encontramos el recibo de pago donde figura la retribución que se le paga, corresponde hacer firmar una copia al trabajador y guardarla, y la otra copia entregársela como constancia de haber realizado los aportes y contribuciones correspondientes (figura número de ticket del comprobante de pago) y haber recibido su […]

Para ampliar nuestra nota relacionada al servicio domestico publicada el día 21 de diciembre de 2007, comunicamos que en la página Web de la AFIP, www.afip.gov.ar, se dispone del formulario Nº 102 que sirve para poder ingresar los pagos de los aportes y contribuciones del servicio domestico en relación de dependencia, como así también los intereses resarcitorios en caso de corresponder.

A su vez en la parte inferior del formulario 102 encontramos el recibo de pago donde figura la retribución que se le paga, corresponde hacer firmar una copia al trabajador y guardarla, y la otra copia entregársela como constancia de haber realizado los aportes y contribuciones correspondientes (figura número de ticket del comprobante de pago) y haber recibido su pago.

El formulario 102 debe estar completo con número de CUIL del trabajador, periodo que se liquida, y completar condición del trabajador:

  • Trabajador activo,
  • Trabajador Jubilado
  • Trabajador menor

Horas semanales (marcar con un tilde) y de ahí surge el importe a pagar.

En el recibo de pago completar:

  1.  De la persona que otorga el trabajo:  CUIT,  nombre – apellido y domicilio
  2. De la persona que trabaja: Nombre – apellido
  3. Monto total de la retribución
  4. Nº de comprobante del ticket emitido por el pago de los aportes y contribuciones
  5. Lugar y fecha

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987 comentarios en “AFIP, Servicio domestico, recibo de sueldo y comprobante de pago”

  1. Cómo se completa el formulario 102 para el que tramita la jubilación de amas de casa?
    Es obligatorio llenar la parte de los recibos de pagos?
    Gracias.

    1. césar

      Si es obligatorio llenarlo es el recibo de sueldo, salvo que se le entregue otro recibo. no entiendo llenar formulario 102? tramitar jubilación?

  2. 671
    cecilia dijo:
    11 Abril 2010 a las 11:30 pm
    Olvide preguntarle otra cosita¿no hay un tiempo minimo de permanencia en el trabajo para poder acceder a una licencia por enfermedad?
    porque ,siempre lo relaciono con mi trabajo…cuando ypo tmoamba un cargo u hotras catedra,antes de los 60 di´´as o sea dos meses no tenia derecho a ninguna licencia y si la tomaba,perdia el trabajo.
    agradeceria vuestra respuesta porque me gustaria no dilatar esta cuesti´´on,porque presumo que si a menos de un mes de trabajo ,ya tienen estas actitudes,tendr´´e que expresarle cuales son las condiciones concretas

  3. copio nuevamente mi pregunta ,porque veo que luego de la mia fueron respondidas otras,pero nunca la que yo realiz´´e

    cecilia dijo:
    11 Abril 2010 a las 10:44 pm
    Hola Graciela:
    A partir de tus consejos ,contrate a una domestica y le hhice los aportes correspondientes,el mes pasado fue el primero que le pague.
    Necesitaria saber ahora en que lugar puedo consultar sobre sus obligaciones y derechos,puesto que falto,dice por enfermedad,pero para que tengan derecho a esta licencia por enfermedad ,no seria logico que tuvieran obligacion de avisar con antelacion,yo soy docente y cuando falto,tengo que avisar en tiempo y forma,de lo contrario no tengo la licencia justificada.
    Mas alla de que me presente un certificado.Donde encuentro algo que me diga que derechos tengo yo como empleador?

  4. Hola, yo pregunte ayer como hacer la liquidacion de mi empleada por hora/niñera que renuncia luego de un año.
    Quería aclarar que siempre le pague el aporte de AFIP. Primero le pagaba el minimo por que venia pocas horas, ahora le pago $39 por que viene entre 10 y 15 horas semanales.
    Ella me enviará la carta de renuncia. Mi pregunta es si le tengo que pagar algo extra? Le tengo que pagar el sueldo, los aportes de AFIP hasta la fecha, proporcional de aguinaldo desde enero hasta que renuncie. Con respecto a las vacaciones?? tengo que pagarselas aunque ella trabaje por hora?? algo mas??? gracias!!!

    1. Patricia

      La pregunta esta incompleta. Los aportes se pagan hasta el último mes trabajado acordate siempre mes vencido. Aguinaldo proporcional si vacaciones tambien pero depende de los dias y horas que trabajaba

Los comentarios están cerrados.

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