Para ampliar nuestra nota relacionada al servicio domestico publicada el día 21 de diciembre de 2007, comunicamos que en la página Web de la AFIP, www.afip.gov.ar, se dispone del formulario Nº 102 que sirve para poder ingresar los pagos de los aportes y contribuciones del servicio domestico en relación de dependencia, como así también los intereses resarcitorios en caso de corresponder.
A su vez en la parte inferior del formulario 102 encontramos el recibo de pago donde figura la retribución que se le paga, corresponde hacer firmar una copia al trabajador y guardarla, y la otra copia entregársela como constancia de haber realizado los aportes y contribuciones correspondientes (figura número de ticket del comprobante de pago) y haber recibido su pago.
El formulario 102 debe estar completo con número de CUIL del trabajador, periodo que se liquida, y completar condición del trabajador:
- Trabajador activo,
- Trabajador Jubilado
- Trabajador menor
Horas semanales (marcar con un tilde) y de ahí surge el importe a pagar.
En el recibo de pago completar:
- De la persona que otorga el trabajo: CUIT, nombre – apellido y domicilio
- De la persona que trabaja: Nombre – apellido
- Monto total de la retribución
- Nº de comprobante del ticket emitido por el pago de los aportes y contribuciones
- Lugar y fecha
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Hola que tal me gustaria saber cuanto le tendria que pagar a una señora que cuida a mi hijo de 7:30 a 14 hs. muchas gracias
natalia
Pregunta incompleta solamente hace el cuidado de tu hijo? día y horas que trabaja?
Agradecería me informen si los «feriados puente» (como el 30/04, que en el almanaque figura en naranja), hay que abonarlo doble a las empleadas domésticas blanqueadas. Nuevamente, gracias.
Saludos cordiales
Marta
El regimen de Servicio Domestico no habla nada de los feriados Pero si es acostumbre pagarlo Este es un FERIADO NACIONAL como los otros
HOLA QUISIERA SABER SI HAY UN MINIMO DE HORAS DE TRABAJO POR DÍA PARA PODER COLOCAR A LA CHICA QUE LIMPIA MI CASA EN BLANCO. ELLA TRABAJA 2 HS X DIA 5 DIAS A LA SEMANA. GRACIAS
ana
Si 6 horas ya podes pagar aportes fijate estos articulo y baja el Formulario 102 y ves los importes a pagar
http://www.econoblog.com.ar/10669/nuevos-aportes-2011-para-el-servicio-domsticos-formularios-de-pago/
Por favor necesito saber el aporte que debo realizar (monto exacto) mensulamente a una empleada que viene 10 hs semanales.Gracias !!!
no logro saber la actualización 2012.
silvia
$20.- Te paso un articulo para que bajes los formularios
http://www.econoblog.com.ar/10669/nuevos-aportes-2011-para-el-servicio-domsticos-formularios-de-pago/
Buenos días. Si necesito reducirle la jornada laboral diaria de 6 a 3 hs. Debo indemnizarla y volverla a tomar por un menor sueldo, o solo le pago menos por los meses en los que no la nececite y luego en tres o cuatro meses le comienzo a pagar sueldo completo?
Pablo
Lo mejor es que llegues a un acuerdo y se firme en el Ministerio de Trabajo y queda todo asentado