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Servicio Doméstico: Consultar mi ART por Internet

Los empleadores de los trabajadores de Casas Particulares deben inscribirse en una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). De no hacerlo, el Gobierno Nacional de la República Argentina deriva sus aportes a una aseguradora por sorteo. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla los pasos que el servicio doméstico debe seguir para consultar su ART por Internet, lo cual se hace mediante www.srt.gob.ar. Todos los contribuyentes que tengan empleados del servicio doméstico se encuentran obligados a registrarse como Empleadores de Casas particulares en AFIP. Esto les brinda a sus trabajadores el derecho a acceder a una obra social y, en el futuro, a una jubilación. Además de realizar el pago de aportes, los empleadores deben pagar una ART. […]

Los empleadores de los trabajadores de Casas Particulares deben inscribirse en una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). De no hacerlo, el Gobierno Nacional de la República Argentina deriva sus aportes a una aseguradora por sorteo. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla los pasos que el servicio doméstico debe seguir para consultar su ART por Internet, lo cual se hace mediante www.srt.gob.ar.

Todos los contribuyentes que tengan empleados del servicio doméstico se encuentran obligados a registrarse como Empleadores de Casas particulares en AFIP. Esto les brinda a sus trabajadores el derecho a acceder a una obra social y, en el futuro, a una jubilación.

Además de realizar el pago de aportes, los empleadores deben pagar una ART.

El problema es que generalmente los contribuyentes no eligen la Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Por lo cual, la misma se designa por el Estado.

Los empleados domésticos que quieran consultar la ART que le asignaron deben realizar los siguientes pasos:

  • Ingresar en la página de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT), cuya dirección web es www.srt.gob.ar.
  • Pasar el mouse sobre «ART».
  • Hacer clic en «Cuál es mi ART».
  • Presionar sobre «Buscador ART».
  • Ingresar el número de CUIL o CUIT sin guiones ni puntos y el código de seguridad que muestra el sistema.
  • Pulsar el botón «Consultar».

Obviamente, estos pasos también pueden ser realizados por todo tipo de trabajadores que quieran saber a cuál aseguradora se destinan sus aportes.

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7 comentarios en “Servicio Doméstico: Consultar mi ART por Internet”

  1. hola el mes pasado di de alta una empleada domestica, yo ya tengo una ART asignada que es la que tiene mi jardinero, el problema es que cuando accedo a la pagina SRT con el cuit de la empleada me aparece una ART distinta a la que tengo asignada como empleador y cuando accedo con mi cuit de empleador aparece la correcta. aclaro que la empleada trabaja 3 dias por semana y segun ella dice, no esta dada de alta por ningiun otro empleador. como puedo confirmar cual es la art que se corresponde con el trabajo en mi casa?

  2. Hola..te hago una consulta yo tuve un accidente laboral hace 1 semana me queme la muñeca con agua hirviendo ,mis empleadores estan pagando un medico particular pero yo me quiero hacer atender por la art.puedo hacer la denuncia igual para cambiar el medico?

    1. Valeria la denuncia si o si la tiene que hacer el empleador, te atiendas o no con la ART

  3. BUENAS TARDES:
    MIS DUDAS SON LAS SIGUIENTES
    MI HIJA ES EMPLEADA DOMÉSTICA, TRABAJA JORNADAS DE 6 HORAS DIARIAS INCLUIDOS LOS SABADOS. INGRESA EN EL MES DE MARZO, DE 2015. PRIMERA PREGUNTA, NO PERCIBIÓ EN JULIO CON LOS HABERES DE JUNIO PARTE PROPORCIONAL DE SAC, A MI ENTENDER LE CORRESPONDE. SE LO DEBO RECLAMAR AL CONTADOR O AL EMPLEADOR.
    SEGUNDA PREGUNTA, SU SALARIO MENSUAL ES DE $ 3700, TIENE UN HIJO DE DOS AÑOS, PERCIBE DE SALARIO POR HIJO $ 145,00 ES CORRECTO ÉSTE MONTO??

    1. LIDIA ALEJANDRA

      Sino cuida niños y realiza tareas generales a partir de septiembre sueldo minimo es de $ $5068 /200 por la cantidad de horas trabajadas (sábado después de las 13.00 se cuentan doble) por la cantidad de horas que trabaja al mes Si tiene que cobrar aguinaldo, si ingreso en marzo correspondía proporcional, el reclamo depende quien le paga, si le paga el contador o el empleador. quien le paga el Salario por hijo no es ese importe, el papá trabaja?

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