Jubilada de PAMI leyendo un libro

Afiliación del cónyuge o concubino al PAMI

Los afiliados al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) pueden afiliar a su cónyuge o concubino al PAMI. Dicho trámite es totalmente gratuito y debe realizarse en la dependencia administrativa (Unidad de Gestión Local o Agencia) correspondiente al domicilio. Para efectuar el mismo es necesario sacar un turno previamente por Internet mediante la página web www.pami.org.ar. Para afiliar al cónyuge o concubino al PAMI es necesario incorporarlo como familiar a cargo del titular. Esto requiere que afiliado obtenga un turno online, lo cual se puede realizar siguiendo los pasos indicados AQUÍ. En el horario y la fecha indicada, la persona debe presentarse en la oficina correspondiente con la siguiente documentación: Último recibo de cobro del titular. […]

Los afiliados al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) pueden afiliar a su cónyuge o concubino al PAMI. Dicho trámite es totalmente gratuito y debe realizarse en la dependencia administrativa (Unidad de Gestión Local o Agencia) correspondiente al domicilio. Para efectuar el mismo es necesario sacar un turno previamente por Internet mediante la página web www.pami.org.ar.

Para afiliar al cónyuge o concubino al PAMI es necesario incorporarlo como familiar a cargo del titular. Esto requiere que afiliado obtenga un turno online, lo cual se puede realizar siguiendo los pasos indicados AQUÍ.

En el horario y la fecha indicada, la persona debe presentarse en la oficina correspondiente con la siguiente documentación:

  • Último recibo de cobro del titular.
  • DNI del titular. En caso de que el domicilio no sea el que figura en el Documento Nacional de Identidad es necesario presentar la constancia de que se ha tramitado el cambio de domicilio, la cual es emitida por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
  • DNI con el domicilio actualizado de la esposa, esposo o concubina/o.
  • Documento de demuestre el vínculo:
    • Matrimonio: Partida de Matrimonio o Libreta de Casamiento. En caso de que sea documentación extranjera debe ser certificada y legalizada por el Consulado y Ministerio de Relaciones Exteriores, lo cual quedan exceptuados de realizar los beneficiarios del Convenio Italoargentino.
    • Concubinato: Certificado de convivencia emitido por autoridad competente que acredite 5 años de convivencia o 2 años en caso de tener hijos en común.
  • Constancia de CUIL, la cual se puede imprimir desde la página de ANSES como indica la guía detallada ACÁ.
  • Certificación negativa de otra Obra Social, la cual se puede obtener de ANSeS o de Obras Sociales Provinciales.

Todos los documentos deben ser presentados en original y fotocopia.

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13 comentarios en “Afiliación del cónyuge o concubino al PAMI”

  1. Hola yo fui a anises y mi marido le dijeron q no puede ponerme a cargo en mutual pami cobra la puan por q no puedo tener pami

  2. SI el titular es afiliado al Pami y su señora esposa recibe una pensión puede incluirse a la obra social de su esposo?

  3. A mi cuñado no le afilian a la esposa porque figura en Anses como empleada domestica con aportes Ahora bien, con el aporte de sus patrones (donde le pagan $1.700 cada uno y son 2) no llega a poder optar por una O. Social. Mi pregunta es: no podria ella renunciar a cualquier obra social que le correspondiera y optar por Pami?. Ruego me informen a la brevedad, ya que esta necesitando atencion medica urgente. Muchas gracias.

  4. quisiera saber, si al ingresar a Pami y a su vez ingresa el conyugue, este tiene algún tipo de carencia o tiene los mismo beneficios que el titular

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