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ARBA en lugar de sacar las retenciones bancarias del Impuesto sobre los Ingresos Brutos las aumenta

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. ARBA, vuelve a la carga con el polémico régimen de retenciones sobre acreditaciones bancarias. El organismo volvió a realizar un ajuste en la polémica herramienta recaudatoria, si bien había anunciado su reemplazo, ahora vuelve ampliando el listado de las operaciones que se encontraban fuera del alcance del sistema de pagos a cuenta sobre los ingresos Brutos. ARBA a cargo de  Rafael Perelmiter, vuelve a la carga con las retenciones sobre acreditaciones bancarias, mediante la Resolución Nº 46 del 2009 amplia el listado de  operaciones que se encuentran fuera del alcance de los pagos a cuenta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. En forma puntal y mediante la resolución, se […]

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. ARBA, vuelve a la carga con el polémico régimen de retenciones sobre acreditaciones bancarias. El organismo volvió a realizar un ajuste en la polémica herramienta recaudatoria, si bien había anunciado su reemplazo, ahora vuelve ampliando el listado de las operaciones que se encontraban fuera del alcance del sistema de pagos a cuenta sobre los ingresos Brutos.

ARBA a cargo de  Rafael Perelmiter, vuelve a la carga con las retenciones sobre acreditaciones bancarias, mediante la Resolución Nº 46 del 2009 amplia el listado de  operaciones que se encuentran fuera del alcance de los pagos a cuenta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

En forma puntal y mediante la resolución, se incorporan como conceptos excluidos del régimen de retención sobre los créditos bancarios a los siguientes importes que se acrediten:

  • Devoluciones por promoción de tarjetas de crédito, compra y débito.
  • Acreditaciones efectuadas por compañías, por pagos de seguros de vida.
  • Importes que se acrediten en concepto de pago de indemnización a favor de los hijos de desaparecidos.
  • Pagos de indemnizaciones por causa accidentes de trabajo.

Además, en el mes de septiembre retoman las retenciones que recaen sobre los cheques, la cual se encontraba prorrogada por sesenta días, esto había sido muy cuestionado por los especialistas, los cuales opinaron que:  “las características del régimen de retención que recae sobre los cheques lo tornan marcadamente inconstitucional”.

Gustavo Durini y Francisco Jáuregui, miembros del Estudio Rattagan, Macchiavello, Arocena & Peña Robirosa, advirtieron que: “La aplicación de la norma, además de generar enormes contratiempos a las entidades financieras y a los ya exigidos contribuyentes bonaerenses, resulta violatoria de numerosos derechos constitucionales”

En primer término, la resolución 14/2009 viola el principio de legalidad que sostiene que: “las cargas tributarias sólo pueden ser establecidas por el Poder Legislativo y que sólo puede delegar en el Poder Ejecutivo la reglamentación de la norma, pero nunca dejar en sus manos la creación del hecho imponible, la alícuota aplicable y los sujetos pasivos”.

Los expertos consultados remarcaron que: “la creación y aplicación, por medio de una resolución emanada del Poder Ejecutivo, de una suerte de empréstito obligatorio en cabeza del contribuyente cuya naturaleza es estrictamente tributaria resulta violatorio del principio descripto y, por lo tanto, susceptible de ser tachado de inconstitucional”.

Además, los especialistas afirmaron que el régimen de retención que recae sobre los cheques también “resulta violatorio del derecho de propiedad, en virtud del cual ningún habitante puede ser despojado sin una sentencia dictada por un juez competente”.

Durini y Jáuregui, explicaron que: “Si bien este principio ha sido atemperado últimamente a los fines de proteger las arcas del Estado, ello no implica que el Poder Ejecutivo pueda crear una nómina de deudores presuntos a los cuales les podría practicar retenciones sobre los movimientos de todos sus cheques y cuentas bancarias”.

A lo que los expertos, alertaron que: “Por último, la aplicación de un régimen de retención sobre las cuentas y cheques de los contribuyentes sin importar la jurisdicción donde se encuentre radicada la entidad bancaria o la sucursal donde se efectúe la operación, implica exceder el ámbito de jurisdicción territorial del fisco bonaerense”.

Concluyeron diciendo que: “Ante tal panorama se puede afirmar que la aplicación arbitraria de los regímenes de recaudación bajo estas circunstancias, devendría en inconstitucional en tanto resulta violatoria de derechos constitucionales de los contribuyentes tales como el derecho de propiedad, el principio de legalidad y el ámbito jurisdiccional de aplicación de la norma”.

Sobre las retenciones a los cheques, desde ARBA explicaron que el régimen de retención sobre acreditaciones bancarias apunta a combatir las maniobras de evasión mediante la utilización de operaciones financieras marginales.

A través de la nueva herramienta, el fisco bonaerense estima que se incorporan al padrón de Ingresos Brutos 586.000 potenciales contribuyentes que no cancelaban su obligación y unos 1,9 millones de asalariados informales.

Desde el fisco bonaerense aseguran que si el contribuyente considera que no debe pagar la retención tendrá que reclamar ante ARBA presentando la documentación que acredite el origen de los importes recibidos, por ejemplo venta de un auto o una propiedad.  Entonces el organismo anulará la retención y el dinero retenido le será devuelto en un tiempo no mayor a un mes.

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10 comentarios en “ARBA en lugar de sacar las retenciones bancarias del Impuesto sobre los Ingresos Brutos las aumenta”

  1. hola: abri una cuenta gratuita universal. Cualquier deposito por pequeño que sea me retienen porcentaje por arba. No entiendo nada!! yo no soy monotributista ni pago ingresos brutos. Que tengo que hacer?

    1. carlos Decis cuando hago un deposito?? de donde proviene la plata para el deposito?? Hace pregunta completa

  2. Una consulta: me estan pagando por la venta de mi auto usado con depositos o transferencias.
    Soy monotributista por locacion de inmuebles.
    Por que me retienen? Puedo reclamar?

  3. Hola, mi consulta es porque me estan reteniendo porcentaje de cualquier suma que se me deposita en mi caja de ahorro, sea por una transferencia bancaria que me realizan por una cifra pequeña asi como tambien me retienen de lo que se me deposita por una pension de cuota alimentaria, esta bien que lo hagan o debo reclamar?gracias,Silvana

  4. Hola Graciela, yo tenia una caja de ahorro en marzo depositaba $50 y me retenian el 3,5% iibb por ser monotributista…imaginense un monto mas grande lo que seria y ha pasado. No entiendo nada. Osea, como se hace? si yo gano por mi actividad, o vendo un auto, cualquiera de las dos, tengo que depositar, soy retenida y despues hacer el reclamo diciendo «deposito lo que gano por mi actividad» es ridiculo. No seria mejor que extiendan a pedido un certificado de no retencion ?
    Saludos

  5. hola Graciela:
    mi pregunta es sobre cómo tienen q pagar ingresos brutos los abogados ahora en provincia de Bs.As., xq me entere q por una resolucion ellos ya no deben pagar mas por arbanet, entoncen vuelven al sistema anterior?y como es ese sistema?(yo empece a trabajar acá y ya estaba arbanet.
    Desde ya te agradezco mucho
    Sandra V

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