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AGIP: Plan de facilidades de pago de hasta 120 cuotas

Al igual que lo ha hecho la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) volvió a lanzar un plan de facilidades de pago de hasta 120 cuotas. Mediante el mismo, los contribuyentes de la Ciudad de Buenos Aires pueden regularizar deudas, intereses, accesorios y multas de Ingresos Brutos. Sin embargo no será posible incorporar obligaciones impagas del Régimen Simplificado. La AGIP Porteña restableció un viejo plan de facilidades de pago para  deudas, intereses, accesorios y multas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El mismo estará disponible hasta el 30 de junio de 2015. La cantidad de cuotas estará relacionada con la integración de anticipos y al monto de la deuda. Según informó El Cronista, […]

Al igual que lo ha hecho la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) volvió a lanzar un plan de facilidades de pago de hasta 120 cuotas. Mediante el mismo, los contribuyentes de la Ciudad de Buenos Aires pueden regularizar deudas, intereses, accesorios y multas de Ingresos Brutos. Sin embargo no será posible incorporar obligaciones impagas del Régimen Simplificado.

La AGIP Porteña restableció un viejo plan de facilidades de pago para  deudas, intereses, accesorios y multas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El mismo estará disponible hasta el 30 de junio de 2015.

La cantidad de cuotas estará relacionada con la integración de anticipos y al monto de la deuda.

Según informó El Cronista, los intereses de este plan de pagos serán decrecientes:

  • De 1 a 6 cuotas: 2,00%.
  • De 7 a 12: 1,50%.
  • De 13 a 60: 1,00%.
  • De 61 a 120 cuotas: 0,50%.

Un dato a tener en cuenta es que los contribuyentes de Capital Federal que decidan acogerse a este régimen deberán efectuar el pago de un anticipo consolidado. El mismo será del:

  • 10% para planes hasta 90 cuotas, inclusive.
  • 15% para planes de más de 90 cuotas.

Las deudas que se pueden incluir son las de cualquier naturaleza siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estén en instancias administrativas o judiciales.
  • Se hayan producido hasta el 31 de diciembre de 2014.

Aparte se podrán incluir las obligaciones que se han originado por refinanciaciones de planes de facilidades de pago vigentes o caducos.

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