El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Hola, estoy en una consultora que dice que está regustrada como actividad Empleados de Comercio, trabajo 8Hs con 30 minutos de descanso atendiendo el teléfono (es un call center no declarado vamos)y me dicen que estoy fuera de convenio pero me descuentan Obra Social OSDE porque yo tengo pluriempleo, F.A.E.C.Y.S. y Sindicato cuando yo les aclaré desde que firmé contrato que no quiero estar afiliada al Sindicato de Comercio y me dicen q es obligatorio pero que eso no implica que estoy afiliada.
Corresponde F.A.E.C.Y.S si tengo OSDE ? corresponde ese 2% de item Sindicato si según ellos eso no es afiliación? que es entonces?
Slds!
Raul:
Para poder pasarte la liquidaciónnecesito mas datos dias horas de trabajo categoria, etc
HOLA COMO ESTAS SOY EMPLEADO DE COMERCIO TRABAJO DE LUNES A VIERNES 4 HS Y LOS SABADOS TODO EL DIA TENGO UNA ANTIGUEDAD DE 2 AÑOS Y MEDIO MAS O MENOS QUISIERA SABER CUANTO SERIA MI SUELDO Y SI VA A VER UN INCREMENTO DEL MISMO DURANTE EL 2009? MUCHISIMAS GRACIAS
Roberto:
El tema sueldo es personal si vos trabajas y rendis mucho mas que el resto te tendrian que pagar unpoco mas, baja le convenio de comercio y categorizate, el plus por viaje no te lo pagan ya que no te estan pagando como chofer
http://www.trabajo.gba.gov.ar/informacion/biblioteca.htm
es el numero 130/75
Me gustaria hacer una pregunta ya que veo interesante el blog. Trabajo en una empresa de sercicos. Mi trabajo es tecnico, reparo motores y plataformas electromecanicas de altura (soy tecnico electromecanico), me muevo con una camioneta de la empresa a destinos que van desde los pocos kilometros hasta cualquier punto del pais y paises limitrofes tambien , si no es en camioneta me mandan en avion y en el destino me alquilan un auto. Solo Me pagan el basico y un dibujo de sueldo q ellos llaman conformado desglosado en Cuanta a futuros aumentos legales de convenio, y premio… Hago muchas horas extras incluyendo sabados y domingos. Estoy categorizado como AUXILIAR B al igual que todos mis compañeros. Ahora mi pregunt: ¿deberian pagarme un plus por kilometros? ¿Mi categoria es acorde a un técnico?
Cuando trabajo horas extras nocturnas me pagan por un lado las horas extras al 100 y por otro las horas nocturas. Esto esta bien?
Desde ya muchas gracias!