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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

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628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Quisiera saber como se pueden solicitar elecciones para delegado, ya que en la empresa donde trabajo somos cerca de 400 empleados y nunca tuvimos delegado

  2. Buenas,

    Soy empleado de comercio en un centro comercial del interior, categoría Vendedor B.

    Trabajo 44 horas semanales todos los días de 9.30 a 16.00, exceptuando un franco semanal el cual varía entre lunes a miércoles; el tema es que para acceder a este franco semanal debo trabajar doce horas corridas el día anterior. Soy cajero además, pero no me pagan fallo de caja ni tal categoría. Además trabajo todos los sábados, domingos y feriados del año en el horario que mencioné antes.

    Mis preguntas ahora bien son:
    ¿Cuánto deberían liquidarme mensualmente de acuerdo a esto? ¿Cuánto deberían pagarme por horas extras de acuerdo a lo que trabajo días sábados, domingos y feriados? ¿Existe algún acuerdo a empleados de comercio para Abril de 2009? ¿Qué significa el ítem INSTITUTO en las deducciones del bono de sueldo, y si puede evitarse?
    Además, tengo una antiguedad en blanco de cuatro meses en la empresa; ¿Cuánto deberían liquidarme si me despidiesen hoy sin justa cuasa y sin aviso?

    Desde ya muchísimas gracias

  3. Maru:

    Por mas que digan que estas fuera de convenio si realmente el rubro esta encuadrado dentro del convenio de comercio el sindicato va a exigir los aportes, indempendientemenet d ela obra social que vos elijas

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