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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

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628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Buenos dias, muy interesante lo que leo aqui, necesitaba saber si me pueden ascesorar en mi duda, hasta el mes pasado tenia categoria de auxiliar 8B, trabajo en una empresa de mas de 2500 empleados, tengo 13 años de antiguedad en la empresa, mi funcion es de diseñador/fotografo(hacemos revistas de ofertas). Mi sueldo hasta ese entonces era de 1850 pesos en mano aprox, estaba peleando por un aumento y me lo dieron, pero me entere que me sacaron del convenio…ahora queria saber si esto lo pueden hacer, ya que nadie me consulto, otra cosa, el aumento fue de 300 pesos, a esto habria que agregarle que aparte de la funcion que desempeño, me pusieron la gente de mi sector a cargo(aunque lo vengo haciendo desde hace 7 meses despues de la renuncia del encargado del sector), ahora figuro como diseñador. Pueden sacarme del convenio sin consultarme? existe tal categoria en empleados de comercio(diseñador)? La verdad que no se que hacer, el encargado anterior estaba mucho mas arriba de lo que me dieron, en plata, a lo que estoy hoy en dia…no se si exigir que me vuelvan al convenio, porque calculo que quizas despues de las paritarias si logran un porcentaje de al menos 15% ya casi estoy en lo que me dieron hoy en dia…necesitaria un consejo por parte de ustedes…que me convendria hacer…
    Disculpen lo largo de esto, pero estoy preocupado por los pasos a tomar, y no quiero meter la pata….
    Mil gracias de antemano.

    Pablo

    1. Pablo:

      No te puedo aconsejar que hagas algo, solo orientarte te puedo decir de donde bajas el convenio y lees las taraes de cada categroía. Podes ir al sindicato y realizar una consulta, sin hacer lio solo consulta

  2. hola yo trabajo en una pañalera y perfumeria de bebes y niños, mi consulta es de cuanto deberia ser mi salario y en q categoria deberia estar? mis tareas es desde la limpieza del local desde gondolas a vidrieras, vender reposicion de mercaderia, ordenar mercaderia en el deposito, cajera, armo vidrieras, trabajo 48 hs semanales, mi descanso es el domingo, y hoy estoy ganando $1000. espero una pronta respuesta alejandra.

    1. alejandra:

      si ganas eso no te estan pagando con el convenio empleados de comercio que es el que te corresponde? Yo no recategorizo si queres preguntame y te digo donde podes leer el convneio y luego me decis categoria, fecha de ingreso horario y te paso la liquidación

  3. hola!!! queria saber cuanto tengo que cobrar por los feriados trabajados. Soy vendedora B. Gracias!

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