Mujer mirando el logo de EconoBlog

Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

Seguinos

628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Por favor me pueden decir si tengo un sueldo mensual al cual pago en el mes 25 dias cuando tengo un feriado pago
    25dias + 1 feriado = 26 dias y permanezco el feriado en casa
    o debo pagar??
    24 dias + 1 feriado = 25 y permanezco el feriado en casa
    Muchas gracias espero su repuesta

  2. Quisiera saber cuál serí­a el sueldo para una administrativa F (conv. emp. de comercio)con 10 años de antigüedad, con cargo de jefa interina. Gracias

  3. Graciela:
    Gracias por responder. Te cuento q en mi rbo dice Sueldo/Jrnal= $1384.05 (corresp a marzo.
    Haberes c/Desc
    Sueldo mensual comercio $ 1384.05
    Presntismo $ 115.29
    Haberes s/desc
    ACU Colectivo 04/08 ART 1A $ 269.24
    ACU colect 04/08 Art 1B $ 100
    Present acuerdo colect $ 30.76
    diferencia redondeo $ .03
    Deducc
    Jubilacion $ 164.93
    Ley 19032 $ 44.98
    obra social $ 44.98
    FOS AEC $ 37.99
    fondo comp. mercantil $ 29.99
    Faecys $ 9.5
    o social acuerdo $12
    desc adelanto $ 200 (200 q me depositan todos los dias 20 de cada mes)
    Por que mi recibo es distinto?no me pagan antigüedad? Gracias nuevamente.

  4. Hola Graciela: Te queria consultar, soy Adm A, ingrese a mi empresa el 16/09/04, quisiera saber cuanto deberia estar ganando, segun antigüedad y sumas remunerativas y no remunerativas segun acuerdos.

    gracias.

    1. Valeria:

      A partir de abril no hay No remunerativo te paso la liquidacion:

      http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR

      LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar

      HABERES IMPORTE
      SUELDO BASICO Administ. A $ 1.683,47
      ANTIGÜEDAD 4 $ 33,67
      PRESENTISMO $ 143,09

      TOTALES $ 1.860,23

      DEDUCCIONES % IMPORTE
      JUBILACION 11 $ 204,63
      LEY 19032 3 $ 55,81
      OBRA SOCIAL OSECAC 3 $ 55,81
      F.E.C. 2 $ 37,20
      FAECYS 0,50 $ 9,30

      DEDUCIONES $ 362,75
      IMPORTE $ 1.497,49

  5. Gracias por tu tiempo Graciela, como podes apreciar estoy en el aire. Vere si consulto en el sindicato a ver que me dicen. Mil gracias.

    Pablo.

Los comentarios están cerrados.