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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

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628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Hola,quisiera saber cuanto teng q cobrar desp del aumento de abril,trabajo cuatro horas,categoria b,ya q me pagaron el mes de abril la misma cantidad de plata q siempre.y el recibo de sueldo todavia no me lo dieron.

    1. rocio:

      Si trabajas media jornada, vas a cobrar lo mismo que marzo, mas $150.- como no remuenrativo, pagaron igual a marzo, ya que todavia no fue homologado el acuerdo de abril/09 seguro que tambien por esa misma razon no te dieron el recibo, ya que hay mucha confunsion y cambio en la forma de liquidar

  2. hola, queria consultar si el gremio de empleados de farmacias tambien esta incluido en este aumento, y como es el tema de el presentismo? porque a mi no me figura en recibo de sueldo. gracias

  3. NECESITO SABER COMO ES REALMENTE EL REGIMEN DE EMPLEADOS DE UN SUPERMERCADO DE PCIA DE BS AS, CON RESPECTO A LOS FRANCOS, A LAS HORAS EXTRAS.
    ¿ESTA BIEN QUE TRABAJE 48 HS SEMANALES, TENGO POR LO MENOS UN DIA FRANCO EN LA SEMANA Y UN DOMINGO FRANCO EN EL MES, LOS FERIADOS TRABAJO SIEMPRE Y CUANDO TRABAJO MAS DE 48 HORAS ME PAGAN EXTRAS?
    ESPERO LA RESPUESTA EN EL MAIL.
    DESDE YA MUCHAS GRACIAS
    MATIAS

    1. MAT

      Solo contesto via mi pagina, no por mail, trabajo con ella. El supermercado tieen obligatoriamente que tener a la vista de todos la planilla horaria que fue acordada con el ministerio de trabajo y el sindicato

  4. buenas…yo trab en un comercio 6 horas y media de lunes a viernes,13 hs dia sabado o domingos con francos rotativo (o sab o dom)gano $1200 y quiero informarme acerca del aunmento que en realidad me corresponde…muchas gracias!!

  5. buenas quisiera saber de cuanto el aumento que me corresponde en el recibo me figura «media jornada»,logico que no trabajo media jornada,en mi recibo figura $1044 quisiera saber de cuento es el aumento trabajo de empleado de comercio ferreteria.
    sr CAVALIERIpor favor haga algo contra los «empleadores» que te ponen 1/2 jornada en el recibo,por que es un curro cada ves que va a ir un inspestor le avisan una semana antes ¿coo pueder ser eso?hagamos algo con esto

    1. miguel:

      Si trabajas jornada completa es le importe enterio (cuando se homologue) Si vos firmas el recibo como que trabajas media jornada, CAVALIERI no puede hacer nada, sos vos el que esta diciendo que trabajas media jornada

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