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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Hola, te paso mi recibo para q veas si esta bien pago xq nos parece que nos estan embromando!!! soy empleado de estacion de servicio YPF..en chubut..cobro..
    sueldo 1351.22
    zona desf 270.24
    hs extras noct 50% 7 104.21
    jornada nocturna 56 9.29
    jubilacion 11% 205.71
    ley 19.032 3% 56.10
    art 100 s.e.c. 2% 53.09
    art 101 s.e.c 2% 37.40
    f.a.e.c.y.s. 0.5% 9.35 ?
    o.s.e.c.a.c. 3% 79.64
    acta acuerdo 5/12/2007 250.00
    acuerdo no remuner 4/2008 324.29
    acuerdo suma fija /2008 100.00
    presentismo s/acuerdo 60.33
    acuerdo no remun. 4/2009 300.oo
    espero contestacion y gracias por su tiempo..estoy afiliado pero como soy el unico tengo miedo a las represarias x eso solo le consulto para saber y estar seguro antes de discutir el tema..

  2. tengo 8 años y tres meses de trabajar en un estudio juridico, de lunes a viernes de 10 a 18 hs, quisiera saber cual es mi sueldo.
    gracias

  3. hola ..quisiera saber cuanto tengo que ganar por trabajar de lunes a sabados 6 hs por dia y cuanto me tienen que pagar por el aumento y de cuanto tiene que ser el aguinaldo que viene ahora …gracias

  4. hola!!! mi consulta es, trabajo en un comercio lo cual mis horarios son de 8:30 a 20:00 hs de lunes a sabados. cobrando un sueldo minimo categoria maestranza b, cuanto tendria que ser mi sueldo???? gracias..

  5. Buenas! Necesito saber cual tendrìa que ser mi sueldo; trabajo 6 hs diarias (de lunes a viernes) y los sàbados 11 hs y media. Tengo una antiguedad de 3 años. Solo me tienen en blanco por 4 hs. diarias.

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