El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
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graciela, buenas tardes, queria preguntarle si ya esta homolgado el acuerdo de empleados de comercio, y si tendrian que pagar retroactivo, ya que el mes pasado no cobre el 8%. Ademas, yo cobro tickets, pero los mismos no figuran en el recibo de sueldo, sobre eso tambien corresponderia el aumento?
Desde ya muchisimas gracias por su ayuda
Hola Armando:
Hasta lo que yo se continua igual, no hay modificaciones.
gracias
Sra. Graciela, usted q sabe y ayuda tanto a la gente, le hago una consultita, tiene idea si se modifico el importe para calcular los anticipos Gcias 2008. El año 2007 si superaba los $500 pesos el impuesto determinado habia q pagar anticipos, se sigue de la misma manera????? Hora: 11:44
Hola Carlos.
en pagina tenes una planilla excel que podes liquidar tu sueldo, ahora en junio voy apblicar otra con las modificaciones, igual te paso la liquidación:
http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR
LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar
HABERES IMPORTE
SUELDO BASICOAdminist.D23 años Ant. $ 1.445,64
PRESENTISMO $ 120,47
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 100,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 115,65
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 17,97
TOTALES $ 1.799,73
DEDUCCIONES % IMPORTE
JUBILACION 11 $ 172,27
LEY 19032 3 $ 46,98
OBRA SOCIAL OSECAC3 $ 53,99
SINDICATO 2 $ 35,99
FAECYS 0,50 $ 9,00
DEDUCIONES $ 318,24
IMPORTE NETO $ 1.481,49
Hola Adriana:
Administrativo que categoria y que antiguedad tenes? El calculo se hace basico divido 200 por cantidad de horas en tu caso considero hs. 147.- gracias