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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

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628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. HOLA GRACIELA: PODES DECIRME QUE PASA SI YO NO FIGURO EN NOMINA DEL FAECYS? ME DESCUENTAN LO DEL SINDICATO. ELLO PAGAN EL FORMULARIO 931 EN EL ESTAN PAGADOS ESOS APORTES QUE ME DESCUENTAN O DEBEN DEPOSITAR APARTE.ES SOLO ESO LO QUE DEBEN APORTAR O HAY UN APORTE PATRONAL PARA EL SINDICATO. GRACIAS

  2. Graciela me podrias decir por favor como tendria que quedar mi recibo de sueldo? ya que me dijeorn que el recibo esta mal y lo tienen que arreglar, pero me entere que hacen siempre lo mismo y que los chicos que estan desde enero no saben bien como es el recibo en si porq varia y es imposible porque no cobramos ninguna remuneracion accesoria , salvo que yo esta vez trabaje horas extras.
    cantidad de horas son 3 semanas de 36 hs y la ultima semana de 30 hs .soy soporte tecnico en call center.que categoria me corresponde? se que estamos adheridos porque nos descuentan 19.5 %.Mil gracias!!!!! con tu ayuda muchos de mis compañeros vamos a reclamar lo que nos deben y mas los chicos que estan desde enero.

  3. Hola Graciela

    Consulta: entre a trabajar el 22/04/2008 cosa que no me pagaron en mayo lo de abril , queria saber si me corresponden los aumentos de los $300 que en mi caso seria el proporcional porq trabajo 6 hs call center ,y si me corresponde el aumento de abril junio y saptiembre,porque ahora me pagaron 1460 en mano nada mas y me dijeron que es lo de abril y mayo. siendo que cdo entre a trabajar me dijeron 1250 en mano mas los 50 presentismo en negro.siendo que tengo 15 hs extras del mes de mayo.
    Muchas Gracias!!

  4. Hola Gabriela:_
    No te dijeron el numero de convenio, entonces no es el de Empleados de comercio, a la persona que te dijo preguntale que convenio te corresponde.

    gracias

  5. soy operadora telefonica de call center.me corresponden 6 hs de trabajo por ley no 8.por lo menos eso me habian dicho.y me dijeron tambien que me correspondia estar anotada como empleada telefonica

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