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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

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628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Hola Raquel:

    Depende de lo hablado cuando ingresaste, yo te paso la liquidacion de abril por 48 horas y la de mayo pero globalmente, ya que eso hablaste vos que querias cobrar a partir de abril, sin saber que antiguedad y como va el sueldo repartido depende de la empresa, yo no lo puedo saber, fijate la liquidación y luego comparala con la que te entreguen y si tenes dudas volve a preguntarme, poniendo la pregunta completa y con la categoria.

    http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR

    LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar

    HABERES IMPORTE
    SUELDO 48 horas $ 372,96

    TOTALES $ 372,96

    DEDUCCIONES % IMPORTE
    JUBILACION 11 $ 41,03
    LEY 19032 3 $ 11,19
    OBRA SOCIAL OSECAC3 $ 11,19
    F.E.C. 2 $ 7,46
    FAECYS 0,50 $ 1,86

    DEDUCIONES $ 72,73
    IMPORTE NETO ABRIL $ 300,23

    http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR

    LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar

    HABERES IMPORTE
    SUELDO 138 horas $ 1.554,00

    TOTALES $ 1.554,00

    DEDUCCIONES % IMPORTE
    JUBILACION 11 $ 170,94
    LEY 19032 3 $ 46,62
    OBRA SOCIAL OSECAC3 $ 46,62
    F.E.C. 2 $ 31,08
    FAECYS 0,50 $ 7,77

    DEDUCIONES $ 303,03
    IMPORTE NETO MAYO $ 1.250,97

    SUERTE Y GRACIAS

  2. GRACIELA
    MUCHAS GRACIAS!!! LO DE LOS $300 POR MES NO ME CORRESPONDE ESO SI ENTENDI, PERO EL AUMENTO DEL %20 QUE SE DIVIDE EN %8 ABRIL % 6 JUNIO % 6 SEPTIEMBRE NO ME CORRESPONDE??
    HASTA AHORA NO ME DIERON RECIBO ASI QUE NO SE QUE CATEGORIA TENGO.
    ENTRE A TRABAJAR EL 22/04/2008 ,TRABAJO 138 HS MENSUALES QUE SON 6 HS POR 6 DIAS A LA SEMANA ES UN CALL CENTER MI TRABAJO ES SOPORTE TECNICO TELEFONICO Y EL SUELDO ES 1250 EN MANO.QUIERO SABER COMO TIENE QUE SER MI RECIBO DEL MES DE ABRIL Y MAYO YA QUE NO NOS PAGARON AUN.MUCHAS GRACIAS!!!

  3. Hola veronica:

    El sindicato se pagan en boleta por separado al formulario 931, y debe ser el sindicato el encargado de reclamar, si vos necesitas algo del sindicato con tu recibo de sueldo basta.

    gracias

  4. Hola Rachel:

    Por favor podes formular la pregunta una por vez con todos los datos necesarios, decime la categoria queestas cobrnado, ya qu eel sueldo y la categoria dependen de muchos factores, hay que respectar lo hablado cuando ingresaste, $1250.- por cuantas horas, si entraste en abril no te corresponden los $300 otorgados en enero, los $100 que se estan pagando, pero tambien esta en juego que ingresaste justo con el aumento, entonces hay que respectar lo conversado y no el aumento, no se si soy clara, pero preguntame nuevamente pero trata de ser lo mas clara y especifica ya que de lo contrario es muy dificil ayudarte.

    gracias

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