El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
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Hola Katy:
Actualmente se calcula mejor remuneración bruta dividiva 2 y ese es al aguinaldo sobre el van los descuentos d eley.
Con lo del ultimo acuerdo $100.- mas 8% se toma mejor mes desde abril ajunio y se paga el 25% como NO REMUNERATIVO en el mes de junio.
gracias
Hola Graciela, te queria preguntar que cuenta hacen para liquidar el aguinaldo a los empleados de comercio. Xq unos me dicen que se suma desde enero a junio y despues se calcula un porcentaje y otros me dicen que tengo que tomar mi mejor remuneracion y sacar el porcentaje. Desde ya muchas gracias
Hola Malena:
si leistes mis comentarios sabras qu eno te puedo decir cuanto vas a cobrar sin conocer trabajo, desempeño, establecimiento, condiciones, resto de sueldo del personal, etc.
sueldo depende de todos esos factores y muchos mas.
gracias
hOLA, ESTOY POR EMPEZAR A TRABAJR EN UN CALL CENTER QUISIERA SABER CUANTO ME CORRESPONDE COBRAR POR 6 HORAS Y MEDIA DE TRABAJO DE LUNES A VIERNES Y UNA GUARDIA DE UN SABADO AL MES, MUCHAS GRACIAS!!!!!
Hola Martin:
No se puede decir un sueldo sin ver el trabajo y lugar de trabajo.
gracias