El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
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Hola Buenas tardes, me llamo Pablo. Trabajo en una empresa líder en la alimentación desde hace 16 años. Soy supervisor de un call-center y administración . Estoy y estamos los administrativos «fuera de convenio». Quiero saber qué significa estar fuera de convenio? No debiera estar mejor pago que incluso que los operaios que están nucleados en algun sindicato ? Por lo menos quiero saber cuánto debiera estar cobrando para reclamar. ¿ porqué el ministerio de trabajo permite que pasen estas cosas?
En mi recibo de sueldo figuro como supervisor de expedición y los administrativos como empleados de ventas. Tendríamos que cobrar comisión de ventas ?? a quién puedo recurrir ?
Saludos y Muchas Gracias
quiesiera saber cuanto se paga la hora para un ingresante sin antiguedad en un puesto de expendio de revistas.
Hola Gabriela:
Que tipo de asesoramiento queres? podes acercate al sindicato, pero corres los riesgo de quedar sin trabajo, no probaste arreglar verbalmente y de buenas maneras con tus empleadores. suerte si queres luego contame lo que decidis
gracias
Hola, tengo 20 años y es mi segundo año que trabajo como empleada de comercio, vendedor B y este año soy encargada.
No se donde averiguar cuanto deberían pagarme en total, ya que trabajo casi 200 horas mensuales, sin pago de horas extras, y tengo en mi recibo de sueldo que trabajo solo 4. Me pagan por ser “encargada” $6 por hora.
¿Donde podria asesorarme para cambiar o mejorar mi situacion?
Muchas gracias
Hola, tengo 20 años y es mi segundo año que trabajo como empleada de comercio, vendedor B y este año soy encargada.
No se donde averiguar cuanto deberían pagarme en total, ya que trabajo casi 200 horas mensuales, sin pago de horas extras, y tengo en mi recibo de sueldo que trabajo solo 4. Me pagan por ser «encargada» $6 por hora.
¿Donde podria asesorarme para cambiar o mejorar mi situacion?
Muchas gracias