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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

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628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. quisiera saber si me tome las vacaciones 14 dias cuando me liquidan el sueldo la antiguedad y el presentemismo me lo hacen sobre el mes entero o por los dias trabajados y los acuerdos como empleada de comercio es por mes entero o proporcional. gracias por la respuesta

  2. Hola! mi consulta es cuanto tengo que cobrar por el sindicato de comercio, soy chofer de una kangoo en una textil, si se puede mandar la respuesta a mi mail, estaría muy agradecido!

  3. Hola me gustaría saber cual es el sueldo mínimo, trabajo 4 hs de lunes a sábado, estoy como administrativa. Y cómo es eso del pago único?

  4. Gabriela: aún no hay novedades de aumento para el 2009. Lo que está pervisto es que los aumentos no remunerativos que se dieron hasta ahora pasen ha ser remunerativos en Abril.

  5. Hola Martina: suponiendo que tu categoria sea vendedor B, tu sueldo para el mes de Febrero 2008 sería así:
    http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR

    LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar

    Sueldo Básico 862,51
    Presentismo 71,87
    TOTAL Remuneraciones 934,38

    Asignación Fija CCT 04/08 62,50
    Asignación Variable CCT 04/08 172,50
    Presentismo CCT 04/08 19,58
    Aporte SIJP 102,78
    Aporte INSSJP 28,03
    Aporte Obra Social 49,68
    Cuota Sindical 23,78
    FAECYS 4,67

    NETO A COBRAR 980,01

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