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AFIP: Vencimiento de recategorización cuatrimestral del Monotributo

El miércoles 20 de mayo de 2015 es la fecha límite para que se efectúe la recategorización cuatrimestral del Monotributo, lo cual debe realizarse mediante la página de AFIP (www.afip.gob.ar) con la Clave Fiscal. Este trámite tiene que ser efectuado por los pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para mantenerse en la categoría que les corresponde en base a sus ingresos brutos y a la energía eléctrica que han consumido a lo largo de los últimos 12 meses. Cada cuatro meses, los Monotributistas tienen la obligación de realizar el cálculo de sus ventas y la energía eléctrica que han consumido por los dice meses inmediatos anteriores y controlar la superficie que se encuentra afectada para su actividad. Esto es […]

El miércoles 20 de mayo de 2015 es la fecha límite para que se efectúe la recategorización cuatrimestral del Monotributo, lo cual debe realizarse mediante la página de AFIP (www.afip.gob.ar) con la Clave Fiscal. Este trámite tiene que ser efectuado por los pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para mantenerse en la categoría que les corresponde en base a sus ingresos brutos y a la energía eléctrica que han consumido a lo largo de los últimos 12 meses.

Cada cuatro meses, los Monotributistas tienen la obligación de realizar el cálculo de sus ventas y la energía eléctrica que han consumido por los dice meses inmediatos anteriores y controlar la superficie que se encuentra afectada para su actividad. Esto es para que se realice un control de que dichos parámetros son los que encuadran en la categoría que están registrados o, en caso de que no sea así, efectúen su recategorización.

La escala de valores actuales del Monotributo es la siguiente:

Cat. Ingresos Brutos Actividad Cant. Mínima de Empleados Sup. Afectada Energía Eléctrica Alquileres Impuesto Integrado (*) Impuesto Integrado (**) Aportes al SIPA Aportes Obra Social Total –(*) Total (**)
B Hasta $ 48.000 No excluida No se requiere Hasta 30 m2 Hasta 3.300 KW Hasta $ 18.000 $ 39 $ 157 $ 233 $ 429 $ 429
C Hasta $ 72.000 No excluida No se requiere Hasta 45 m2 Hasta 5.000 KW Hasta $ 18.000 $75 $ 157 $ 233 $ 465 $ 465
D Hasta $ 96.000 No excluida No se requiere Hasta 60 m2 Hasta 6.700 KW Hasta $ 36.000 $ 128 $ 118 $ 157 $ 233 $ 518 $ 508
E Hasta $ 144.000 No excluida No se requiere Hasta 85 m2 Hasta 10.000 KW Hasta $ 36.000 $ 210 $194 $ 157 $ 233 $ 600 $ 584
F Hasta $ 192.000 No excluida No se requiere Hasta 110 m2 Hasta 13.000 KW Hasta $ 45.000 $ 400 $310 $ 157 $ 233 $ 790 $ 700
G Hasta $ 240.000 No excluida No se requiere Hasta 150 m2 Hasta 16.500 KW Hasta $ 45.000 $ 550 $ 405 $ 157 $ 233 $ 940 $ 795
H Hasta $ 288.000 No excluida No se requiere Hasta 200 m2 Hasta 20.000 KW Hasta $ 54.000 $ 700 $ 505 $ 157 $ 233 $ 1.090 $ 895
I Hasta $ 400.000 No excluida No se requiere Hasta 200 m2 Hasta 20.000 KW Hasta $ 72.000 $ 1.600 $ 1.240 $ 157 $ 233 $ 1.990 $ 1.630
J Hasta $ 470.000 Únicamente Venta de Bs. Muebles 1 Hasta 200 m2 Hasta 20.000 KW Hasta $ 72.000 No aplicable $ 2.000 $ 157 $ 233 $ 2.390
K Hasta $ 540.000 Únicamente Venta de Bs. Muebles 2 Hasta 200 m2 Hasta 20.000 KW Hasta $ 72.000 No aplicable $ 2.350 $ 157 $ 233 $ 2.740
L Hasta $ 600.000 Únicamente Venta de Bs. Muebles 3 Hasta 200 m2 Hasta 20.000 KW Hasta $ 72.000 No aplicable $ 2.700 $ 157 $ 233 $ 3.090

(*) Locaciones y/o Prestaciones de Servicios / (**) Venta de Cosas Muebles.

Es importante tener en cuenta que las sociedades solamente pueden encuadrarse en las categorías que van de la D a la L del Régimen Simplificado.

No están obligados a efectuar la recategorización del Monotributo los siguientes sujetos:

  • Los que deban permanecer en la misma categoría.
  • Los que no hayan cumplido un cuatrimestre calendario desde la fecha de inicio de sus actividades hasta el vencimiento.

Paso a paso para hacer la recategorización cuatrimestral del Monotributo

  • Entrar en www.afip.gob.ar.
  • Presionar sobre «Acceso con Clave Fiscal» e ingresar el número de CUIL / CUIT / CDI y la Clave Fiscal.
  • Hacer clic en «Sistema registral».
  • Pulsar sobre la lupa correspondiente al contribuyente.
  • Seleccionar «Registro tributario» y elegir la opción «Monotributo».
  • Seleccionar «Recategorización», elegir el CUIT y presionar el botón «Generar declaración jurada».
  • Ingresar los datos requeridos por el sistema y apretar «Enviar formulario».
  • Confirmar la información.
  • Imprimir la credencial.

2 comentarios en “AFIP: Vencimiento de recategorización cuatrimestral del Monotributo”

  1. Hola me anote y nunca cobre en el anses dicen que otra persona Está coBrando por mi Que no conosco me pueden ayudar no me dan solucion

Los comentarios están cerrados.

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