Los diputados porteños aprobaron ayer una ley, cuyo proyecto había presentado el diputado macrista, Avelino Tamargo, que regula ciertos aspectos de la actividad de delivery de alimentos en motos. La norma sancionada en la Capital Federal establece que las empresas o particulares que ejerzan esas actividades «en moto vehículos o ciclo rodados» deberán inscribirse en un registro habilitante.
Además, la ley contempla que las motos deberán «contar con un cajón de tapa hermética, revestido interiormente con material liso, de fácil limpieza, impermeable e inoxidable, donde deberá consignarse en el exterior en forma visible el número de credencial habilitante, razón social, domicilio y teléfono». El compartimento deberá estar separado del asiento y contar con sistemas refrigerantes o conservantes de calor, según la necesidad.
También se exige que los conductores afectados al delivery de alimentos a domicilio cuenten con una libreta sanitaria.
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