Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.
La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.
El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.
El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.
La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.
En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.
Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.
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hola Graciela, no me queda muy claro lo de la moratoria 24476, yo le hize un plan de 5 años a mi mamá para completar los años de aportes que le faltaban (con esta moratoria entre el 56 y 93), pague la primer cuota, y saqué un turno en Anses para jubilarla, las cuotas restantes se la van a descontar de la jubilación No?
Gracias, Saludos
hola de nuevo les dejo una referencia, se pueden jubilar aquellas mujeres que nacieron hasta el 30/04/1946, las que nacieron despues deberan esperar un poquito mas.
hola: para aquellos que tienen pension y quieren hacer la jubilacion «Amas de Casa», pueden hacerlas, realizan el tramite correspondiente, pagan la primer cuota, les va a salir aprobado pero no van a poder cobrar porque el pago va estar suspendido, es ahi que pueden recurrir a un amparo judicial. es jugado pero sale.
La única moratoria actualmente vigente es la que podes realizar aportes justificando años entre enero 1955 y septiembre 1993, pero recien cobras cuando terminas de pagar la moratoria tendrías que hacer calculos y ver si te conviene y podes pagarla.
suerte
Graciela quisiera saber si mi abuela que tiene 73 años y nunca realizo aportes puede actualmente entrar en alguna moratoria para poder jubilarse. Y si es asi como seria? Muchas gracias