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Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse. La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007. El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse […]

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.

La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.

El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.

El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.

La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.

En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.

Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros  ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.

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302 comentarios en “Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007”

  1. Quisiera saber cual es el plazo que tiene la ANSES para expedirse sobre la resolucón de un trámite jubilatorio. En este momento se encuentra en la etapa de resolución que entiendo que es la última, puede ser? Quisiera saber los plazos y pasos a seguir.

    Muchas gracias.

  2. Hola Marta:

    Tendrias que acercarte a una oficina de ANSeS cercana al domicilio y averiguar por que el cobro que ya había sido adjudicado esta suspendido.
    gracias

  3. Hola queria saber si va a haber alguan extension de la ley para jubilacion amas de casa sin aportes, es de mi comadre le dio los tramites a una abogada y no le aviso nada yo me fije por internet y tiene el beneficio suspendido se llama LUISA BUSOLO, DNI 93361808, beneficio suspendido Nro. 15-0-2504489-0, la abogada se lo tramito en Anses (y porque lo tramito y la hizo entusiasmar a mi comadre o que clase de abogada es que no esta al tanto de las leyes que salen) en Dic/06 y por Resol. 884 no puede entrar porque ella cobra pension que es una miseria y se gasta todo en remedios tiene dos operaciones de caderas, y apenas camina ella obviamente no tiene los $8.000.- que pide el Anses de deuda como nadie la tiene es reinjusto porque alguno cobran y otros no mucha gente quedo afuera ya que vienen las elecciones podrian hacre algo, ahora Sra. por favor digame si es factible que salga alguna extension de esto, hay alguna posibilidad de que salga que me dice usted, espero, porque si no paga la sacan de pantalla y me pregunto despues si sale otra ley o resol. puede anotar otra vez?. Gracias. Marta. mi mail es [email protected]

  4. hola Gerardo:

    Por ahora no esta la jubilación anticipada, tenes que esperar hasta los 65 años o tramitar un pensión por incapacidad, pero no se el grado de tus problemas de salud.
    gracias

  5. hola, soy gerardo tengo 60 (año 1947) tengo problemas de salud y no puedo trabajar queria saber si me puedo jubilar y como tengo que hacer.
    gracias espero su respuesta

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