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Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse. La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007. El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse […]

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.

La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.

El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.

El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.

La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.

En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.

Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros  ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.

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302 comentarios en “Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007”

  1. christian: ratifico mi pregunta anterior ella mi mama se jublilo con moratoria, y despues enviudo, mi papa era jubilado con moratoria , la pregunta es puede tener ambos beneficisos para cobrarlos sin que suspendan algun pago. gracias.

  2. hola soy christian:mi mama se jubilo con sentencia faborable, hace un mes, pero quedo viuda, recientemente, mi papa era jubilado con moratoria, ya inicio el tramite por pension, la pregunta es puede cobrar los dos beneficios gracia,

  3. Tengo a mi mamá de 82 años y no tiene ni jubilación ni pensión.Puedo tramitarle la jubilacion por ama de casa.¿que pasos debo seguir? Muchas gracias

  4. Hola Noelia:

    Para tramitar la jubilación por invalidez necesita tener mas del 70% d eincapacidd, si es así tenes que pedir una junta médica, en el ANSeS
    gracias

  5. q tramite debo realizar paraq mi padre de 54 años realize su jubilacion ya q tiene incapacidad,no lo toman en ningun trabajo y el estado tampoco le da uno, q se supone q si no le pueden dar la jubilacion le tienen q dar un trabajo, solicito una respuesta adecuada para la situacion, desde ya muchas gracias.-

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