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Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse. La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007. El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse […]

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.

La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.

El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.

El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.

La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.

En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.

Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros  ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.

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302 comentarios en “Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007”

  1. JUBILACIONES: LA ANSES SE HARÁ CARGO DEL TRÁMITE DE LA MORATORIA

    Ahora la ANSeS se encargará de realizar el trámite de la moratoria y de la jubilación. Y para eso atenderá a los que quieran este servicio en un horario especial, de 14 a 20.

    Esto arranca el 1ø de agosto y es para las mujeres de más de 60 años y hombre de más de 65 que no saben completar el sistema SICAM de la moratoria y no quieren o no disponen de dinero para contratar un gestor. Entonces, los empleados de la ANSeS harán el SICAM y la solicitud de jubilación.

    Para evitar colas y no interferir con el resto de los servicios, los interesados deberán solicitar un turno a la línea telefónica gratuita 0-800-222-6737 de 8 a 20 horas. Y serán citados en un horario especial, por la tarde.

    Todas las delegaciones de la ANSeS darán este servicio. Y habrá 1.500 empleados de la ANSeS asignados a esta tarea.

    Cuando sean citados, los interesados deberán concurrir con:

    El DNI.

    La clave fiscal que, si todavía no la tiene, se tramita en la AFIP.

    Con las boletas de los pagos hechos como autónomos o monotributistas. Y, si trabajaron en relación de dependencia, con los formularios de reconocimiento de servicios.

    Completado el trámite, y luego de pagar la primera cuota de la moratoria, la ANSeS les informará por correo a partir de cuándo pueden cobrar el beneficio y el lugar de pago. Las 59 cuotas siguientes serán descontadas de la jubilación que no podrá ser inferior al haber mínimo, hoy de 470 pesos. O sea, el jubilado cobrará esos 470 pesos menos la cuota. Se estima que la cuota va de 12 a 18 pesos mensuales por cada año que se declare en la moratoria. Así quien adeude 10 años de aportes, cobrará 470 pesos menos unos 130 pesos de la cuota. Y dispondrá de la obra social del PAMI.

    Ya hay 125.000 personas que se jubilaron a través de la moratoria. La ANSeS estima que de aquí a fin de año, podrían ingresar en la moratoria otras 300.000 personas, número que podría ampliarse con este nuevo servicio.

    El titular de la ANSeS, Sergio Massa, dijo a Clarín que «con este ‘doble turno’, la jubilación automática para autónomos, los convenios con provincias y municipios que reemplazan planes sociales por jubilaciones, el Estado ofrece una batería de servicios y prestaciones para ampliar la cobertura previsional».

    Actualmente hay dos moratorias vigentes:
    La que se inició el año pasado (ley 25.994 art.6) para las mujeres con más de 60 años o los hombres con más de 65 cumplidos al 31 de diciembre de 2004, y que tengan menos de 30 años aportes. Pueden completar por moratoria los años que les falta para llegar a los 30 de aportes mínimos y jubilarse, deduciendo del haber el pago correspondiente a la cuota.

    La de este año (ley 24.476, decreto 1454/05) —sin límites de edad— comprende los aportes adeudados o no ingresados entre enero de 1955 y setiembre de 1993. Si completa los 30 años y tiene la edad para jubilarse, puede iniciar de inmediato la jubilación, deduciendo las cuotas del beneficio.

    Esta moratoria también permite preparar la jubilación a los que están próximos a cumplir la edad jubilatoria y no llegan a los años de aportes requeridos. Por ejemplo, una mujer de 58 años que tiene hasta ahora 15 años de aportes. Si sigue trabajando y aportando a los 60 años, tendrá 17 años aportados y le faltarían 13 años para poder jubilarse. Ahora podría completar los años faltantes por el período anterior a 1993. Así, al cumplir los 60, tendrá los 30 de aportes requeridos.

    Fuente: Clarín – http://www.clarin.com

  2. Hola Karina:

    Fijate donde esta la diferencia en la liquidación de tu conocido y en la tuya, quizas es que calcularon años y meses diferentes, cuyo svalores son diferentes, si es asi calcula el menor valor, teniendo en cuenta no calcular ningun mes ni año que tu mama tenga pagado, calcula periodos en los cuales teniendo 18 años cumplidos no haya aportado y una vez que estas bien segura de no interponer periodos, calcula el SICAM y pagalo, usa la sabana de aportes que te dan en ANSeS, podes pedir un detalle de aportes, en la AFIP seción ANSeS, y manejate con eso, cualquier duda volve a preguntarme. Que AFIP te corresponde?

  3. HOLA:
    TE CUENTO QUE MI MAMA FUE A LA AFIP PARA QUE LE INFORMEN CONCRETAMENTE CUANTO DEBE PARA COMPLETAR SUS AÑOS DE APORTES (SON 2 AÑOS Y 3 MESES) YA QUE LA MORATORIA PARA JUBILARSE SIN APORTES ABARCA HASTA 09/93, Y ELLA RECIÉN CUMPLIÓ LOS 60 AÑOS EL 27/01/2008 CON LO CUAL LE FALTAN 27 MESES DE APORTES QUE TENDRÍA QUE PAGAR ELLA YA Q ESOS NO LOS CONTEMPLA LA MORATORIA, CUANDO FUE AHI LE DIJERON QUE TENIA QUE VER TODO POR EL SICAM, YO ENTRÉ Y LA VERDAD ES QUE LA INFO SUMINISTRADA NO ME QUEDA NADA CLARA, ES QUE LO QUE YO CALCULÉ SON $1593 Y UN CONOCIDO QUE ESTÁ MÁS EN TEMA ME DIJO QUE ERAN $1486, YO QUIERO PAGARLOS Y QUE EMPIECE EL TRÁMITE PERO LO QUE ME APARECE ES UN IMPORTE MUY DISTINTO EN EL SICAM, PODRÍAS GUIARME? SOLAMENTE PRECISO SACAR EL FORMULARIO PARA PRESENTAR Y PAGAR ESE IMPORTE ASI EMPIEZO LOS TRÁMITES DESPUÉS EN ANSESS. ES QUE EL ABOGADO ME QUIERE COBRAR 3 MESES + $200, Y ES MUCHO PARA MI, YO ALGO ENTIENDO, PERO LA VERDAD ES QUE LO HACEN COMPLICADO PARA TENER QUE RECURRIR A GESTORES QUE NOS QUIEREN SACAR LO POCO QUE INCLUSO AÚN NO TENEMOS. GRACIAS POR TODO.
    KARY

  4. Hola Ramona:

    1) Depende de la deuda de la moratoria, el analisis es muy personal. Depende de la salud de la abuela.
    2) Depende de la edad de tu madrina, hasta que no paga la deuda no le conviene renunciar a la no contributiva, renuncia cuando paga y presenta los papeles en ANSeS, lo que tarda depende de muchas cosas yo no te puedo decir el tiempo?

    gracias

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