Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.
La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.
El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.
El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.
La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.
En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.
Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.
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Muchas gracias. Te estarè contando.
Hoal MARIELA:
La información te la tienen que dar en la AFIP, acercate a la mas cercana a tu domicilio aveces depende de la agencia pero mucho mas depende de la persona que te atienda, trata de que te explique bien.
gracias
AGRADECIDA POR TU PRONTA RESPUESTA , ME GUSTARIA SABER DONDE Y COMO AVERIGUO LA MORATORIA QUE LE CORRESPONDE ABONAR A MI ABUELA.GRACIAS NUEVAMENTE.
Hola Mariela:
sucede que la jubilación por ama de casa desde que salio, que se pagaba una cuota y luego te descontanban cuando salia la jubilación es para las personas que no tienen otro beneficio, en el caso de tu abuela tendria que pagar toda la moratoria y luego le saldria, evalua si le conviene, no es muy barata, pero bueee
gracias
Hola q tal mi consulta es por mi abuela tiene 80 años es pensionada y quiere cobrar la jubilacion de amas de casa esto es posible ? hasta cuando se puede realizar y q tramites tengo q hacer ? Agradeceria una pronta respuesta ante mi ignorancia sobre el tema.