Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.
La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.
El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.
El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.
La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.
En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.
Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.
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Hola Graciela, necesito consultarte por un señora de 60 años, puede hacer la moratoria? tiene que comprar algunos años de contado? en ese caso hay períodos más baratos de septiembre 1993 en adelante para comprar?
Muchas gracias. Saludos.
Buenas tardes, mi consulta se refiere a una Sra de 61 años y 6 meses de edad, nacida el 1/4/1947, para hacer la jubilacion bajo la moratoria 24476. Que fechas tengo que registrar en el SICAM. Ademas tengo entendido que faltarian 2 años para completar los aportes, de que forma se deben pagar? Desde ya le agradezco.-
Hola jonathan:
No decis de que es la moratoria, si es de la AFIP necesitas clave fiscal, es un poco complicada pero no imposible, trata de cuando vas a la AFIP pregunta aveces depende de la persona que te atiende es como te explica, lleva un papel y lapicera y decile que te explique y anota lo que te dice, y luego trata si se te complica en algo me preguntas ok.
suerte y gracias
Hola queria hacerles una pregunta. Nadie sabe como se hacen las moratorias por internet. Ya que en el cyber que voy es carisimo. Gracias
Hola Tatiana.
Tendrias que ver en la Municipalidad o centro de asistencia social de tu localidad, averiguar si pueden hacer algo.
mucha suerte y gracias