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Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse. La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007. El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse […]

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.

La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.

El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.

El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.

La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.

En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.

Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros  ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.

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302 comentarios en “Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007”

  1. MI Tia cumplio 66 años el 13 de Enero de l942 a la fecha tiene 66 años 10 meses le compensan 3 años 5meses trabaja en relacion de dependencia desde el años 1993
    le faltan mas o menos 12 o 13 años inluyendo el exceso de edad como y desde cuando tiene que pagar la moratoria cuanto serìa la suma y dònde tiene que dirigirse primero YA QUE ESTA UN POCO ENFERMA Y LE CUESTA SALIR A HACER TRAMITE
    por favor si me pueden contestar, a ver si en tal caso yo la puedo acompañar.
    MUCHAS GRACAS

  2. Hola. Queria saber si alguien me podra ayudar. Estoy haciendo (hasta ahora en machetes) la jubilacion a mi mama y como es Uruguaya, solo puedo comprar por moratoria desde el 1/2/72, y con cece en 2002, me resta comprarle en efectivo 11 años y cuatro meses. EL TEMA ES QUE NO SE COMO CALCULAR ESTE PERIODO EN DINERO, NI COMO Y DONDE DEBO INGRESARLO. Estaria muy agradecido me puedan ayudar.
    Gracias!

  3. Hola Elizabet:

    La deuda la tenes que calcular via internet con el SICAN no es muy sencillo pero no imposible, necesitas clave fiscal de la AFIP y luego la claculas, el año 1960 (mes que cumplio lo s18 años) y septiembre del 1993. Cada dos años de edad excedido 1 de aportes. a mi entender tiene que terminar de pagar para poder jubilarse, asi que calcula el tiempo que tiene que seguir pagando y descontalo de la moratoria tambien ok

    gracias

    gracias

  4. TENGO A MI TIA QUE TIENE 66 AÑOS ESTA TRABAJANDO EN RELACION DE DEPENDENCIA A LA FECHA TIENE 15 AÑOS DE APORTES COMO TIENE QUE HACER PARA PAGAR OTROS 15 AÑOS, LE TOMAN EL EXCESO DE EDAD? TIENE QUE PAGAR AL CONTADO O SE LO DESCUENTAN POR MES CUANTO TENDRIA QUE PAGAR
    MUCHAS GRACIAS

  5. Hola: tengo una tia que nacio el 26/08/1948 y no
    no le entran los 30 años en la moratoria, los años qe le faltan los tiene que comprar, mi pregunta es en que momento tiene que comprar los años? antes de empezar a hacer la moratoria en el Sicam? como se compran los apórtes? cuanto salen por mes? los puedo comprar por servicio Domestico de los ultimos años por ejemplo 2007? tengo que pagar intereses por esos años?

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