Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.
La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.
El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.
El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.
La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.
En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.
Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.
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buen dia:
mi consulta es por mi papa que acaba de obtener el beneficio jubilatorio por medio de un gestor,
esta persona lo adhirio a la moratoria, ya que a este momento el tiene 24 años de Aportes ,ademas de 67 años de edad,
cuando le entregan la documentacion; observamos que el haber jubilatorio es correspondiente a la jubilacion minima,
realizando averiguaciones nos dicen que como el ingreso en la moratoria automaticamente cobra el haber minimo, menos el descuento de la moratoria (60 cuotas de 135$aprox.)esto es asi??,
(el percibia en actividad 2100$ bruto y neto$1700 aproximadam. , por lo tanto no pudo jubilarse con el 82% movil)
el problema es que el gestor nunca le dio la opcion de los aportes faltantes abonarlos en efectivo.
Queria saber si podia realizar algun tipo de reclamo, para un posible ajuste?
muchas gracias
saludos
Gabriela Salguero
hola: tengo que calcular la moratoria para solicitar la jubilación de ama de casa de mi madre,me podría decir como hacerlo ella cumplio los 60 años el 21-07-2009 y no tiene aporte alguno.
desde ya muchas gracias.
Hola soy Elisa y me intersa saber como puedo ,seguir pagando mi jubilación , ya que tengo varios años aportados ,y no puedo sacar el sican por Internettengo 52 años se que me faltan años de aportes y edad , por favor me pueden ayudar así puedo poder pagar los aportes que me faltan, desde ya muchas gracias por su atencion , los saluda muy atentamente Elisa Mercedes Martinez
Hola: me gustaria saber por la moratoria amas de casa, cuanto debo pagar al contado si cumplo 62 en agosto y si sale rapido. Muchas gracias.
En diciembre me jubile de ama de casa debo la moratoria ¿Como hago para pagar a donde me puedo dirigir MUCHAS GRACIAS
soledad
No te la descuenta con el haber jubilatorio? anda a regularizar la situación ne la AFIP