El Ministerio de Trabajo de la Nación fijó mediante la Resolución Nº 1062/2014 la Escala Salarial del Servicio Doméstico 2015. En dicha oportunidad se estableció un aumento en los sueldos del personal de Casas Particulares del 30% aplicable en dos cuotas. La primera fue del 20% que se aplicó desde el mes de septiembre. El 10% restante se comenzó a pagar en el mes de enero del corriente año. En este artículo, EconoBlog detalla la planilla con los salarios vigentes para dichos empleados.
Los sueldos mínimos del Servicio Doméstico que se encuentran vigentes en la actualidad fueron actualizados al comienzo del año. En los mismos se establece la remuneración que los empleados de Casas Particulares deben percibir de forma mensual.
La planilla de Escala Salarial 2015 del Servicio Doméstico es la siguiente:
Categoría | Tarea | Por hora Con retiro |
Por hora Sin retiro |
Por mes Con retiro |
Por mes Sin retiro |
Supervisor/a | Coordinación y control de tereas realizada por una o más personas. | $40 | $44 | $5.135 | $5.720 |
Personal para tareas específicas | Personal contratado como cocinero o para desempeñar otra tarea que requiere idoneidad. | $38 | $42 | $4.771 | $5.311 |
Caseros | Trabajadores que desempeñan tareas para el cuidado de una propiedad en donde habita con motivo del contrato de trabajo. | $36 | $4.654 | ||
Asistencia y cuidado de personas | Persona que brinda asistencia y cuidado no terapéutico de personas enfermas, discapacitadas, menores de edad o ancianos. | $36 | $40 | $4.654 | $5.187 |
Personal para tareas generales | Empleados que brindan servicio de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de alimentos y cualquier otra tarea del hogar. | $33 | $36 | $4.186 | $4.654 |
Aquellos empleados que efectúan tareas que están comprendidas por más de una actividad quedan comprendidos por la categoría en la que desempeñan la mayor cantidad de horas.
Cabe señalar que en el mes de abril de 2013 se estableció un Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Servicio Doméstico mediante la Ley 26.844. El mismo indica las condiciones laborales de dicho sector al igual que lo hace la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) para el resto de los empleados.
Recordemos que el pago voluntario de los empleadores de Casas Particulares debe ser efectuado con el Formulario 102/RT. En caso de que, debido a su carga horaria semanal, el trabajador deba realizar un pago voluntario, el mismo tiene que ser realizado con el F. 575/RT.
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Tengo una empleada que trabaja sin retiro de lunes 8 AM a sábado 8 AM en tareas generales. Le estoy pagando $4500 (en lugar de $4654) por no trabajar los sábados. Además le aporto el total de los $498 de cargas. Estoy en regla?
Susana
Sueldo mínimo $4654.- menos $233.- de la parte de aportes que pagan las trabajadoras
pero dice sin retiro…
bwlen
Hace la pregunta completa, caso contrario no entiendo
Hola quisiera saber cuanto me deberían pagar si trabajaria de lunes a viernes 8 horas en tareas generales gracias
mariela
$4186.-
hola Graciela gracias por tus respuestas son muy claras y precisas
Hola Graciela , felicitaciones por el blog y las respuestas.
Estoy anotando a una persona que trabaja en casa. Trabaja aprox 16 horas y no me decido si anotarla en 12 a 16 o 16 y más. Entiendo que si esta en 12 a 16 son diferentes los beneficios que tiene de la Obra social? o que hay que abonar un adicional por el resto de la familia pero si esta de 16 o mas no es necesario nada adicional?
Se que lo que nosotros tendremos que pagar es más en el caso de 16 o más , pero quiero entender que otras implicancias tiene el cambio de cantidad de horas. Te agradezco de antemano la respuesta .
Saludos
Sergio
Ella debería pagar $233.- que es el aporte que pagan las trabajadoras y no hay ningún problema en la diferencia horaria, podes hacer que te firme los recibos y acordar con ella, le haces un favor
hola, quisiera saber cuanto debiera pagarle a una persona por el cuidado de un niño mas la limpieza del hogar de lun a vie. de 8 a 12 y tambien la opcion de 8 a 13.
los portes se los pago aparte o se le descuentan a la persona?
muchas gracias. espero rta.
VICTORIA
Por ahora el sueldo minimo es de $4654 /200 por la cantidad de horas que trabaja en el mes los aportes los paga la trabajadora contribuciones la empleadora,por lo que de los $498.- trabajadora paga $233.-
Hola Graciela, Segun el Ministerio de trabajo los Aportes de OSocial, le corresponden al Trabajador y las Contribuciones al Empleador. Ahora, si el Form 102RT lo pago yo al 100%. Que debo hacer?, agregarle al sueldo los $233 de OSocial.?
El formato de recibo, no te permite agregar ningún item de descuento, tal como los recibos de sueldo de cualquier actividad
Por otro lado, es suficiente el F102RT como recibo de pago? o hay que generar si o si el recibo de sueldo.
Te pregunto por la parte de abajo del formulario es exactamente igual que el Recibo de Sueldo,
Aguardo tu respuesta, muchas gracias y saludos
Mariano
Es suficiente el recibo 102 pero si queres bajar una planilla te paso este articulo
http://www.econoblog.com.ar/3070/planilla-excel-recibo-de-sueldo-para-el-servicio-domestico/
Y si es así aportes los paga le trabajador y contribuciones el empleador pero si se los estas pagando ya son parte de su sueldo, no interesa que el formulario no tenga el descuento podes agregarlo o utiliza la planilla
Muchas Gracias, muy claro.
Se me ocurre otra pregunta, en el caso del Aguinaldo que no paga Cargas Sociales como si el convencional F931. Como se liquida? ya que si esos $233, pasan al Sueldo. Al momento del Aguinaldo, si el sueldo es 5000 + 233, que se le retiene por OSocial. Sobre que monto se calcula el Aguinaldo? sobre los 5000? o sobre los 5233?
Mariano
Lo correcto es sobre $5233.- pero como no lo pones en el sobre ni mencionas que haces el pago vos podrías hacerlo sobre $5000.-