El Ministerio de Trabajo de la Nación fijó mediante la Resolución Nº 1062/2014 la Escala Salarial del Servicio Doméstico 2015. En dicha oportunidad se estableció un aumento en los sueldos del personal de Casas Particulares del 30% aplicable en dos cuotas. La primera fue del 20% que se aplicó desde el mes de septiembre. El 10% restante se comenzó a pagar en el mes de enero del corriente año. En este artículo, EconoBlog detalla la planilla con los salarios vigentes para dichos empleados.
Los sueldos mínimos del Servicio Doméstico que se encuentran vigentes en la actualidad fueron actualizados al comienzo del año. En los mismos se establece la remuneración que los empleados de Casas Particulares deben percibir de forma mensual.
La planilla de Escala Salarial 2015 del Servicio Doméstico es la siguiente:
Categoría | Tarea | Por hora Con retiro |
Por hora Sin retiro |
Por mes Con retiro |
Por mes Sin retiro |
Supervisor/a | Coordinación y control de tereas realizada por una o más personas. | $40 | $44 | $5.135 | $5.720 |
Personal para tareas específicas | Personal contratado como cocinero o para desempeñar otra tarea que requiere idoneidad. | $38 | $42 | $4.771 | $5.311 |
Caseros | Trabajadores que desempeñan tareas para el cuidado de una propiedad en donde habita con motivo del contrato de trabajo. | $36 | $4.654 | ||
Asistencia y cuidado de personas | Persona que brinda asistencia y cuidado no terapéutico de personas enfermas, discapacitadas, menores de edad o ancianos. | $36 | $40 | $4.654 | $5.187 |
Personal para tareas generales | Empleados que brindan servicio de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de alimentos y cualquier otra tarea del hogar. | $33 | $36 | $4.186 | $4.654 |
Aquellos empleados que efectúan tareas que están comprendidas por más de una actividad quedan comprendidos por la categoría en la que desempeñan la mayor cantidad de horas.
Cabe señalar que en el mes de abril de 2013 se estableció un Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Servicio Doméstico mediante la Ley 26.844. El mismo indica las condiciones laborales de dicho sector al igual que lo hace la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) para el resto de los empleados.
Recordemos que el pago voluntario de los empleadores de Casas Particulares debe ser efectuado con el Formulario 102/RT. En caso de que, debido a su carga horaria semanal, el trabajador deba realizar un pago voluntario, el mismo tiene que ser realizado con el F. 575/RT.
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Hola ,el sueldo de categoria 4 ,con retiro, es por 8hs de lunes a viernes y 4hs los sabados? ademas si es menos de 8hs diarias se debe pagar por el valor de la hora o hay algun valor intermedio mensual?
Susana Recorda que no es un sueldo es un MINIMO y es por 8 diarias, 48 semanales o 200 mensuales sino trabaja todos los días se paga por hora y si trabaja todos los días menos horas se paga un proporcional dividiendo el sueldo por 200
Si trabajo cuidando niños 4 hs x día de lunes a viernes corresponde estar mensualizada y que me paguen un proporcional de lo publicado por el
Gobierno por 48 hs semanales ? O sea 2482 por 20 hs semanales ?
Maria Corresponde como sueldo MINIMO $ 2980.- menos los $233.- que tenes que pagar como trabajadora de aportes
Hola, quería saber cuánto tengo que pagar a una persona que viene mensualmente y trabaja 28 horas semanales. Gracias
Marcela Necesito horas, dias y tareas
Hla soy nilda trabajo 6 horas de lunes a viernes ago limpieza plancho y cocino y de niñera me pagan 6.000 peso por mes soy de santa cruz las heras esta bien el sueldo.
Nilda Es mas que el mínimo
hola, queria consultarles si corresponde salario de $5300 a trabj domestico 4 dias a la semana 8 hs y de aguinaldo son $400. Inicio de trabj 1/12/15. Muchas gracias
Paola Aguinaldo proporcional esta bien y minimo $43.- por hora menos 4233.- de los aportes que paga la trabajadora