La Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) y las Cámaras empresariales de dicho sector han sellado las paritarias para el corriente año con un aumento en los salarios del 27,8%. Dicha suba se aplicará en dos tramos, en abril del 17,8% y en julio del 10% (no acumulables). En este artículo, EconoBlog detalla la Planilla con los Sueldos Básicos 2015 de la UOM para la Rama N° 17 Metalmecánica y Otras.
El Acuerdo Salarial 2015 es retroactivo al 1ero de abril. El mismo fue sellado entre la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y las siguientes Cámaras: Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA), Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la República Argentina (FEDEHOGAR), Asociación de Fabricantes Argentinos de Terminales Electrónicas (AFARTE) y la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC).
La Rama 17 comprende:
- Mecánica, electrónica y manufactura de la Industria metalúrgica y sus actividades complementarias.
- Armas y armamentos, cromo hojalatería mecánica, fabricación de envases e impresión.
- Litográfica sobre metales, empleados de la industria metalúrgica, construcción montaje armado y reparación de máquinas viales y neumáticas, fabricación y reparación de materiales ferroviarios, montajes industriales.
Es importante tener en cuenta que, en las paritarias salariales 2015, las partes acordaron que los empleados que se encuentren en la categoría «Operario» pasarán a la categoría «Operario Calificado desde el 1ero de julio. Además se ha sustituido la categoría «Operario» que se encuentra prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo 260/75 por la de «Ingresante», en la cual un trabajador podrá estar entre cuatro y seis meses accediendo luego a la de «Operario Calificado».
Planilla con Sueldos Básicos 2015 de la UOM para la Rama N° 17 Metalmecánica y Otras:
I) Personal Jornalizado
Hasta el 31/03/2015 |
Vigente desde 01/04/2014 Hasta el 30/06/2015 |
|
Operario | 29,95 | 35,28 |
Categorías Generales Art. 88 | Hasta el 31/03/2015 |
Vigente desde 01/04/2015 |
Vigente desde 01/07/2015 |
Ingresante | 35,28 | 38,28 | |
Operario calificado | 32,45 | 38,23 | 41,47 |
Medio oficial | 34,97 | 41,19 | 44,69 |
Operario especializado | 37,41 | 44,07 | 47,81 |
Operario especializado múltiple | 39,55 | 46,59 | 50,54 |
Oficial | 41,38 | 48,75 | 52,88 |
Oficial múltiple | 44,56 | 52,49 | 56,95 |
Oficial superior | 44,56 | 52,49 | 56,95 |
Oficial superior múltiple | 47,69 | 56,18 | 60,95 |
Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR) | 7.520 | 8.160 |
II) Personal Mensualizado
a) Grupo A – Personal administrativo | Hasta el 31/03/2015 |
Vigente desde 01/04/2015 |
Vigente desde 01/07/2015 |
Categoría Administrativo de 1ª | 5.785,82 | 6.815,70 | 7.394,28 |
Categoría Administrativo de 2ª | 6.421,18 | 7.564,15 | 8.206,27 |
Categoría Administrativo de 3ª | 7.414,19 | 8.733,92 | 9.475,33 |
Categoría Administrativo de 4ª | 8.097,45 | 9.538,80 | 10.348,54 |
b) Grupo B – Personal técnico | Hasta el 31/03/2015 |
Vigente desde 01/04/2015 |
Vigente desde 01/07/2015 |
Categoría Técnico de 1ª | 5.785,82 | 6.815,70 | 7.394,28 |
Categoría Técnico de 2ª | 6.422,17 | 7565,32 | 8.207,53 |
Categoría Técnico de 3ª | 6.864,25 | 8.086,09 | 8.772,51 |
Categoría Técnico de 4ª | 7.786,54 | 9.172,54 | 9.951,20 |
Categoría Técnico de 5ª | 8.097,77 | 9.539,17 | 10.348,95 |
Categoría Técnico de 6ª | 8.866,19 | 10.444,37 | 11.330,99 |
c) Grupo C – Personal auxiliar | Hasta el 31/03/2015 |
Vigente desde 01/04/2015 |
Vigente desde 01/07/2015 |
Categoría Auxiliar de 1ª | 5.565,85 | 6.556,57 | 7.113,16 |
Categoría Auxiliar de 2ª | 6.057,34 | 7.135,55 | 7.741,28 |
Categoría Auxiliar de 3ª | 6.893,32 | 8.120,33 | 8.809,66 |
III) Menores Ayudantes Obreros
A) Menores ayudantes obreros | Vigente desde 01/04/2015 |
Vigente desde 01/07/2015 |
14 y 15 años | 30,92 | 33,55 |
16 y 17 años | 32,25 | 34,99 |
B) Aprendices | ||
1er. Año | 31,13 | 33,78 |
2do. Año | 32,25 | 34,99 |
3er. Año | 32,57 | 35,34 |
4to. Año | 33,20 | 36,01 |
C) Empleados menores – 6 Horas | ||
14 años | 5.284,35 | 5.732,94 |
15 años | 5.442,85 | 5.904,90 |
16 años | 5.454,23 | 5.917,24 |
17 años | 5.483,47 | 5.948,96 |
C) Empleados menores – 8 Horas | ||
16 años | 6.092,62 | 6.609,82 |
17 años | 6.304,08 | 6.839,23 |
IV) Foguistas y choferes
A) Foguistas | Vigente desde 01/04/2015 |
Vigente desde 01/07/2015 |
Con patente de 3ª | 46,59 | 50,54 |
Con patente de 2ª | 48,75 | 52,88 |
Con patente de 1ª | 52,61 | 57,08 |
B) Choferes | ||
Con registro de carga | 46,59 | 50,54 |
Con registro profesional | 48,75 | 52,88 |
Con registro de DNV | 52,61 | 57,08 |
Las personas interesadas en obtener más información sobre el Acuerdo Salarial 2015 de la UOM pueden ingresar AQUÍ.
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quisiera sacarme la duda sobre el dia laboral son de 08:00hs y que tipo de descanso me corresponde,
siendo que trabajo 10:00hs para no ir los sabados ??????
julio, descanso es 1/2 horas por turno y querrá decir que trabajas 9 horas para no ir los sábados, jornada laboral es de 8 o 9 horas las demás son extras
Hola quiero saber que categoria m corresponde soy soldador etc..y trabajo 7 años d antiguedad..gracias..
ruben, como minimo Categoría Operario especializado
Hola queria saber cuanto pagan x antiguedad
Daniel
1% por cada año de servicio
Hola yo trabajo de noche de 20 a 06 de lunes a sabados y estoy conbrando 4.600 $ . me corresponde mas ?
Damia, no decis la categoría, pero de todas maneras, nadie CCT de la UOM, con jornada completa puede ganar menos de $8160.- (IMGR) y en tu caso ademas de horas nocturnas tenes horas extras
mi consulta es por que gano 6000 por mes,cuando se dice que el acuerdo de la paritaria figura 8.160 apartir de julio trabajo de lunes a viernes de 7 a 16hs,este el texto que lo dice Tras la difusión del nuevo acuerdo, la UOM publicó las escalas salariales para todas las ramas del CCT 260/75. Para este año, el aumento es del 27,8% a pagar en dos tramos en los meses de abril (17,8%) y julio (10%). Se crea la categoría de ingresante, que reemplaza a la de operario. El salario mínimo pasará a $ 7.520 en el mes de abril y a $ 8.160 a partir de julio.
gaston
tenes razón nadie puede cobrar menos de $8160.- que es el IMGR Ese debe ser tu sueldo bruto
Estoy por entrar como operario ingresante, trabajaría turnos rotativos. A la mañana y a la tarde trabajo de lunes a viernes, y a la noche trabajo de lunes a sabado. A la mañana de trabajo de 6 a 14, a la tarde de 2 a 22, y a la noche de 22 a 6. Cuanto me corresponde de sueldo..?
jesus
Podes bajar la planilla y hacer la liquidación, para que te pase la liquidación deberías decirme las horas trabajadas no las que pensás trabajar Valor por hora $38.28