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AFIP, Seguridad Social modificaciones en la presentación

Informamos que la Declaración Jurada Formulario 931 de Seguridad Social,  a partir del mes de febrero con vencimiento en el mes de marzo 2008 la AFIP cambio el sistema de presentación para todos aquellos empleadores  que registren un (1) solo empleado, deberán generar dicha declaración jurada a través de la opción «Su Declaración» por Internet con la «Clave Fiscal» La utilización del servicio es obligatoria: El Empleador deberá ingresar a la página web del organismo (www.afip.gov.ar), al servicio «Su Declaración» y prestar conformidad a una declaración jurada ya realizada por esta Administración Federal. El procedimiento es simple: La declaración jurada se generará en forma automática y contempla la información registrada en la presentación del mes anterior, más las altas o […]

Informamos que la Declaración Jurada Formulario 931 de Seguridad Social,  a partir del mes de febrero con vencimiento en el mes de marzo 2008 la AFIP cambio el sistema de presentación para todos aquellos empleadores  que registren un (1) solo empleado, deberán generar dicha declaración jurada a través de la opción «Su Declaración» por Internet con la «Clave Fiscal»

  • La utilización del servicio es obligatoria: El Empleador deberá ingresar a la página web del organismo (www.afip.gov.ar), al servicio «Su Declaración» y prestar conformidad a una declaración jurada ya realizada por esta Administración Federal.
  • El procedimiento es simple: La declaración jurada se generará en forma automática y contempla la información registrada en la presentación del mes anterior, más las altas o bajas de los trabajadores del mes que hayan sido informadas mediante el servicio «Mi Simplificación». Una vez conformada, deberá enviar la declaración jurada a través del sistema por transferencia electrónica de datos. Opcionalmente, el sistema lo conducirá al servicio «Presentación de DDJJ y Pagos», para generar el Volante Electrónico de Pago (VEP).
  • El sistema también permite la modificación de datos: Podrá modificar el importe de la remuneración, los datos de obra social, cónyuge e hijos, etc.

VENCIMIENTOS

Las fechas de vencimiento establecidas para la presentación y el pago de sus declaraciones juradas, podrá consultarlas ingresando a la Agenda de Vencimientos (http://av.afip.gov.ar/av/)seleccionando «REGÍMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL»

IMPORTANTE

A partir de la declaración jurada correspondiente al mes de marzo (vencimiento en abril):

  1.  Los empleadores que registren hasta cinco (5) empleados, también quedan obligados a generar la Declaración Jurada Proforma de Seguridad Social Empleador -Formulario N° 931- a través del servicio con «Clave Fiscal» opción  «Su Declaración».
  2. Los empleadores que registren entre seis (6) y diez (10) empleados, podrán optar por generar la Declaración Jurada Proforma de Seguridad Social Empleador -Formulario N° 931- a través del servicio con «Clave Fiscal» opción «Su Declaración»

Seguinos

5 comentarios en “AFIP, Seguridad Social modificaciones en la presentación”

  1. necesito saber como se anula un comprobante de pagos?’ esa es mi gran duda!! o no es necesario anularlo?? bueno saludos espero que alguien me ayude!!

  2. Hola, quiero consultarles lo siguiente, por error hice una presentacion del f.931 rectif.2 con importes a pagar, los cuales no correspondian porque tenia saldo a favor.

    como hago para anular dicha presentacion?
    o no es necesario anularla?
    muchas gracias!

  3. Hola Amigos:
    Soy Contadora y me especializo en sueldos, desde hace años la afip está haciendo todo lo posible para que los ciudadanos y profesionales, trabajemos para ellos.
    Cada vez nos complican mas la vida, cada vez quieren mayor detalle de cosas, eso si, siempre complican a los mas chicos. Los grandes siguen sin pagar nada.
    La pregunta es ¿Para que siguen pagando sueldos que salen de los impuesto que todos abonamos?…. Para pensar

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