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ANSeS: ¿En qué meses se presenta la Acreditación de Escolaridad PROGRESAR?

A partir de este año, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) efectuó un cambio en los requisitos del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. Desde entonces recibimos muchas consultas respecto a en qué meses se debe presentar la Acreditación de Escolaridad PROGRESAR. La respuesta a dicha pregunta es en agosto y diciembre, excepto por los alumnos universitarios que el trámite debe ser efectuado por la universidad. Los estudiantes que cobran PROGRESAR están obligados a presentar dos veces al año, en los meses de agosto y diciembre, el Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68 de ANSeS. Este trámite debe ser efectuado por Internet mediante la página oficial del programa o personalmente en cualquiera de las oficinas de […]

A partir de este año, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) efectuó un cambio en los requisitos del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. Desde entonces recibimos muchas consultas respecto a en qué meses se debe presentar la Acreditación de Escolaridad PROGRESAR. La respuesta a dicha pregunta es en agosto y diciembre, excepto por los alumnos universitarios que el trámite debe ser efectuado por la universidad.

Los estudiantes que cobran PROGRESAR están obligados a presentar dos veces al año, en los meses de agosto y diciembre, el Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68 de ANSeS. Este trámite debe ser efectuado por Internet mediante la página oficial del programa o personalmente en cualquiera de las oficinas de ANSES, previa solicitud de turno.

Una vez realizada dicha presentación, el organismo previsional procederá a liquidar el pago del 20% del dinero que se retiene mensualmente.

Es importante recordar que la presentación del F. PS 2.68 es obligatoria. En caso de que la misma no se realizada, el organismo previsional procederá a dar la baja del beneficio.

Cabe señalar que los alumnos regulares de nivel terciario o universitario no necesitan hacer este trámite. El mismo es efectuado por el establecimiento educativo de manera electrónica.

Recordemos que los estudiantes PROG.R.ES.AR se encuentran obligados a registrarse en el Programa SUMAR del Ministerio de Salud. para realizar este tema es posible seguir los pasos indicados AQUÍ.

Requisitos para cobrar el Programa PROGRESAR

  • Tener entre 18 y 24 años de edad, inclusive.
  • Ser argentino nativo o naturalizado.
  • En caso de ser extranjero, el estudiante debe acreditar cinco años de residencia en nuestro país y contar con Documento Nacional de Identidad Argentino.
  • Estar inscripto como alumno regular en una escuela primaria, secundaria o terciaria; universidad; Centro de Formación Profesional habilitado por el Ministerio de Trabajo. Empleo y Seguridad Social; Centros educativos habilitados por el Plan Fines; y bachilleratos populares e instituciones acreditadas por el Ministerio de Educación.
  • Los ingresos del grupo familiar no pueden ser superiores a 14.148 pesos (Tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles). Sólo se consideran los ingresos del estudiante en caso de que no posea un grupo familiar; tengan hijo a cargo y sean solteros; estén separados o divorciados; algún miembro de la familia sea empleado del servicio doméstico.

71 comentarios en “ANSeS: ¿En qué meses se presenta la Acreditación de Escolaridad PROGRESAR?”

  1. hola!! yo recien me entere que debo presentar la acreditacion de escolaridad en anses no sabia por q en mayo recien entre al progresar y en junio empeze a cobrar. recien hoy llevare el formulario para que me lo firmen los del colegio. si no entrego me pagan el mes de septiembre? puedo entregar en septiembre o me dan de baja?

  2. Hola! Que pasa si no presente el formulario de acreditacion en agosto? Yo no tenia idea de q habia q hacerlo , y ya no tengo tiempo ? Lo puedo presentar en septiembre? O q puedo hacer ?

  3. Hoy 26 de agosto tenía turno para presentar el formulario de acreditación de escolaridad.Fui y había paro por lo que no atendían. Tuve que solicitar otro tuno y el primero de ellos tenía como fecha 8 de septiembre. Soy universitaria. Mi pregunta es: al no presentar el comprobante en agosto (no por culpa mía ya que tengo el papel desde el 10 de este mes), puedo perder el derecho de cobrar los saldos aculados?

  4. Hoy 26 de agosto tenía turno para presentar el formulario de acreditación de escolaridad. Pero me presenté y no atendían por paro. Tuve que volver a sacar un turno, y la primer fecha que había disponible era el 8 de septiembre. Soy universitaria. Estoy a tiempo de presentar el formulario?

  5. hola, el 6 de este mes presente la acreditacion de escolaridad para poder cobrar el 20% retenido. soy estudiante universitario. en que mes aproximado podre cobra lo retenido?

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