Ya fue aprobado la implementación de un nuevo aplicativo para que los contribuyentes liquiden y paguen ingresos brutos adheridos al régimen de Convenio Multilateral.
El aplicativo para que los contribuyentes, que se encuentran adheridos al régimen de Convenio Multilateral, cumplan con las obligaciones que impone el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, es un software obligatorio para las presentaciones y pagos efectuados y fue denominado «Sistema Federal de Recaudación de Convenio Multilateral – versión 2.0”.
Aplicaciones:
Se utilizará para la presentación de las declaraciones juradas mensual y anual -formularios CM03, CM04 y CM05- y para la liquidación y pago del impuesto.
La nueva herramienta fue concebida «a efectos de facilitar las tareas relacionadas al cumplimiento de las obligaciones formales y de perfeccionar funcionalmente el aplicativo, se estimó conveniente efectuar ajustes a la versión anterior», indican las autoridades fiscales.
El nuevo programa es de uso obligatorio para todas las presentaciones, liquidaciones y pagos, por lo tanto, ya no serán válidas las presentaciones y pagos efectuados mediante la versión anterior.
01/02/2008 Infobae
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alguien podria explicarme como y cuando se paga ingresos brutos? me incribí como monotributista con el regimen simplificado, soy de prov.
Gracias.
Daniel
Te inscribiste en Ingresos Brutos? Regimen simplificado de provincia?
Hola .necesito realizar la liquidacion de IIBB mensula provincia de Bs As y los formularios de pago no salen con codigo de barras.como puedo resolverlos.
gracias
Atilio
Como no salen tenes instalado los palicativos: Siap, IIBB mensual? o estas en ARBANet
Hola me llamo Roberto!!
necesito liquidar convenio multilateral, tendrian un instructivo de como utilizar el sifere. gracias
Hola, quisiera informacion para liquidar ingreso bruto convenio multilateral. GRACIAS.
sandra
voy a tartar de publicar algo, si me olvide recordamelo
Tengo que liquidar convenio multilateral de un negocio que abrió sus puertas durante el mes de mayo, en el primer mes tengo que considerar los gastos realizados por la actividad o se calcula el impuesto por un porcentaje de lo facturado ¿?…
por otro lado, aún no me han aprobado el tramite en ARBA si llega la fecha de pago y no tengo el número de inscripción ese mes transcurrido corresponde pagarlo o no ¿?
Muchas gracias!!