El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.
Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.
TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS
SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO | ||||
Personal que trabaja | Categoría | Actual | Noviembre/07 | Marzo/08 |
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) | 4ta. | $610.- | $ 830 | $906 |
Por hora | 4ta. | $ 4.65 | $ 6.30 | $ 6.90 |
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses | 1ra. | $1.021.- | $ 1.114.- | |
Mucamas, niñeras y cocineros especializados | 2da. | $ 947.- | $ 1.024.- | |
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- | 3ra. | $925.- | $ 1.010.- |
Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.
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Hola Gloria:
Yo aconsejo que cuando es así que realizan trabajos domesticos y niñera el sueldo MINIMO sea de Niñera especializada $ 1114.-
gracias
hola!mi consulta es la siguiente,yo trabajo como empleada domestica 10hs.x dia de lun.a vier.hago limpieza, cuido 2 nenes y ademas cocino.me gustaria saber cuanto tendria q cobrar?
Hola Marcela:
Pone la categoría de Dama de Compañia con un sueldo MINIMO de $ 1.114.- el sueldo real lo acordas vos con tu empleada, los aportes son de $72 de los cuales $35 es contribución y $37.- aportes que debe pagar la empleada es la obra social
gracias
Necesito contratar una persona para que cuide de mi mamá de 84 años. Mi idea es ofrecerle un trabajo de lunes a sábado (con cama) y el domingo retiro.
Cuál es el sueldo mínimo? Qué categoría corresponde? Qué aportes debo hacer o retener?.
Desde ya gracias por tu respuesta.
Hola maria zulma:
No te explicarón qu etipo de constancia? supongo que con el recibo del formulario 102 y los pagos realizados basta. Pregunta bien si eso no es suficiente, adjunta una constancia de tu CUIL.
gracias