El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.
Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.
TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS
SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO | ||||
Personal que trabaja | Categoría | Actual | Noviembre/07 | Marzo/08 |
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) | 4ta. | $610.- | $ 830 | $906 |
Por hora | 4ta. | $ 4.65 | $ 6.30 | $ 6.90 |
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses | 1ra. | $1.021.- | $ 1.114.- | |
Mucamas, niñeras y cocineros especializados | 2da. | $ 947.- | $ 1.024.- | |
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- | 3ra. | $925.- | $ 1.010.- |
Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.
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Necesitamos saber si además del salario pautado
se paga el viático por separado o el mismo se encuentra incluido en el salario.
Atentamente
Espero vuestra respuesta a la brevedad
Teresita:
Indemnización no le corresponde ya que no tiene la antiguedad y el sueldo octubre 453.- trabajo medio mes 453/2=226.50 y 17 días de noviembre a 571/30×17=323.51
Hola Graciela:
necesito saber cuànto deberìa haber pagado de sueldo a una empleada que trabajò en mi domicilio entre el 17/10/08 y el 17/11/08 de lunes a sàbado 4 horas diarias. Me pide diferencia de sueldo y Me reclama indemnizaciòn porque la despedì (porque me robò), corresponde?
Teresita:
Volve a realizarla
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