El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.
Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.
TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS
SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO | ||||
Personal que trabaja | Categoría | Actual | Noviembre/07 | Marzo/08 |
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) | 4ta. | $610.- | $ 830 | $906 |
Por hora | 4ta. | $ 4.65 | $ 6.30 | $ 6.90 |
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses | 1ra. | $1.021.- | $ 1.114.- | |
Mucamas, niñeras y cocineros especializados | 2da. | $ 947.- | $ 1.024.- | |
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- | 3ra. | $925.- | $ 1.010.- |
Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.
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Leonardo:
El sueldo lo arreglas vos con ella si ella esta def acuerdo la que te puede exigir que le estas pagando mal es ella. sucede que vos dividis por 200 como la ley de trabajo peor el servicio domestico se rige por otra ley y las horas son 176 mensuales
Graciela:
Yo le habia ofresido $850 pensando en el calculo 1142/200×136. Crei que eso era el valor que correspondia.Si yo la anoto en blanco los valores que me van a pedir son los que vos me desis y no el calculo que yo habia hecho?
Lucia:
Esa información esta en el ministerio de trabajo de tu zona, le tenes que pagar 30 días al año como enfermedad nada mas, no hay licencia maternidad en servicio domestico
Estimada Graciela:
Necesitaria saber que beneficios gozan las empleadas domesticas que quedan embarazadas, ya que mi empleada esta embarazada de 4 meses, con reposo absoluto, y por lo visto no le daran el alta sino hasta despues del parto.
Ella esta en blanco los aportes al dia.
Puedo despedirla? tengo que pagarle el sueldo, por mas que no trabaje? si te fuera mas fácil decime algun sitio de internet que pueda bajar la legislación.
Te agradezco y espero tu respuesta
Sabri:
depende las tareas la cuenta sobre tareas generales $571.- por 88 horas mensuales. Tu caso aproximado 126 al mes $571.- por 88 horas y la hora excendete a $8.70 38×8.70=330.60 mas 571= $901.60