Empleada doméstica

Salario mínimo Servicio doméstico

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo. Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo. TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08 Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906 Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90 Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de […]

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.

Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.

TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS

SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO
Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906
Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses 1ra. $1.021.- $ 1.114.-
Mucamas, niñeras y cocineros especializados 2da. $ 947.- $ 1.024.-
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- 3ra. $925.- $ 1.010.-

Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.

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2.918 comentarios en “Salario mínimo Servicio doméstico”

  1. Graciela, digo que esa persona está 18 horas diarias en la casa. Por supuesto que, hay 8 horas que dedica al descanso durmiendo en la misma casa. No sé cómo se compatibiliza ese descanso con sus responsabilidades; estaríamos hablando de alguien «sin retiro». Gracias,

  2. No entiendo las diferencias de categoría. Tengo una persona que trabaja de lunes a viernes de 14 horas hasta las 8 horas de la mañana siguiente. Sus funciones son las típicas de personal doméstico y acompaña a un señor inválido, acostándolo, atendiéndolo de noche a requerimiento del mismo (una vez por noche).
    ¿cuál es el salario que debo pagarle?
    Gracias,

  3. Muchísimas gracias, Graciela!
    Gracias por tu consejo, solo me queda la duda del sueldo básico, si los $906 es por 8 hs de Lun a Vie…yo entendí en este blog que era por 8hs de Lun a Sab, pero en el Ministerio de Trabajo, cuando llamé, insistieron que nó.Cómo es?
    Nuevamente muchas gracias!

  4. Hola Eugenia:

    Este es el salario de bolsillo, lo unico que podes descontarle son los $37 del aportes a la obra social, los $35 de aporte jubilatorios los tenes que pagar vos.

    Tene en cuenta si en tu casa alguna persona tiene que pagar ganancias, tarta de que sea el empleador esa persona, ya que podes descontar el sueldo y los aportes de la liquidación de ganancias.

    gracias

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