Empleada doméstica

Salario mínimo Servicio doméstico

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo. Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo. TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08 Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906 Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90 Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de […]

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.

Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.

TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS

SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO
Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906
Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses 1ra. $1.021.- $ 1.114.-
Mucamas, niñeras y cocineros especializados 2da. $ 947.- $ 1.024.-
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- 3ra. $925.- $ 1.010.-

Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.

2.918 comentarios en “Salario mínimo Servicio doméstico”

  1. Olvidé decir que las tareas que realiza esta Sra. son lavado, planchado y limpieza general de la casa.
    Muchas gracias por tu respuesta.

    1. Susana

      No cumple los requisitos de 4 horas como minimo 4 dias por semana, por lo tanto no esta dentro del regimen. No hay que pagarle por enfermedad, vacaciones y aguinaldo, personalmente considero que aguinaldo habria que pagarle pero es una opinión personal no legal

  2. Hola Graciela, una Sra. viene 3 veces por semana 5 hs. y a veces se queda 1-2 hs. adicionales x semana.
    ¿Puedo inscribirla como «Menos de 16 hs semanales»? ¿O como «Más de 16 hs. semanales»? En caso de corresponder esta última categoría, ¿la empleada queda bajo el régimen de Relación de Dependencia? ¿Debo pagar Aguinaldo y dar Vacaciones?
    Pago $11/hr y cobra c/vez que viene. ¿Si falta por enfermedad debo pagar el/los días no trabajados?
    Muchas gracias

  3. hola
    soy empleada domestica desde hace un año y mi horario es de 8:00 a 14:00 de lunes a viernes, mi sueldo es de $1.200 + los aportes correspondientes, quisiera saber si el sueldo que recibo es el apropiado, desde ya muchas gracias…

  4. que pasa si se sigue bajo las mismas condiciones pero en el recibo se pone la nueva carga horaria y hs trabajadas? y se hace el aporte de 39$?
    gracias

  5. Hola tengo una duda y quisiera saber si alguien me la podria responder, x favor, quisiera saber cuanto se paga el trabajo de niñera solamente, n estoy en blanco pero mas o menos cual es el importe. Yo solo cuido a una nena de casi 2 años. Desde ya muchas gracias.

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