Empleada doméstica

Salario mínimo Servicio doméstico

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo. Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo. TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08 Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906 Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90 Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de […]

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.

Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.

TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS

SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO
Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906
Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses 1ra. $1.021.- $ 1.114.-
Mucamas, niñeras y cocineros especializados 2da. $ 947.- $ 1.024.-
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- 3ra. $925.- $ 1.010.-

Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.

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2.918 comentarios en “Salario mínimo Servicio doméstico”

  1. Tengo una señora que trabaja en casa cama adentro. Cuida dos chicos y ayuda en las tareas domesticas. Viene lunes y se va miercoles a la tarde. Le pago $850 mensual y le doy tres semanas de vacaciones y aguinaldo. Queria saber si estoy dentro de la ley.
    Muchas gracias.

  2. Hola, quisiera saber si me pueden averiguar en que ley dice los requisitos para que una empleada domestica tenga derecho a vacaciones y aguinaldos. Por lo que tengo entendido tiene que cumplir dos requisitos, el primero que vaya 4 dias por semana y el segundo 4 horas minimo cada dia. Si me pueden pasar el articulo y la ley se los voy a agradecer.

  3. Una persona que viene 4 veces por semana , 4 horas cada vez . ¿Se le paga por hora o por mes ? Cuando se paga por hora, ¿Hay que pagar aguinaldo , obra social y dias por enfermedad ?
    Tengo una persona que viene ese tiempo y que empezo en Febrero. Le estoy pagando $145 por semana ( ella prefiére por semana). Le pago el aporte de $72 y le pague los dias por enfermedad que ya fueron 15 en este tiempo.Tambien le voy a pagar el aguinaldo. Hoy me dijo que le habían dicho que el valor hora había aumentado a $10 . ¿Es cierto…?
    ¿Yo tengo que pagar por hora ?
    Desde ya , ¡Muchas gracias…!

  4. Hola Graciela:
    Queria preguntarte cuanto debería cobrar una persona que trabaja cuidando dos niñas y realiza los quehaceres domesticos de lunes a viernes de 8 a 13hs. Nosotros le estamos pagando $900 y no me doy cuenta si es lo correcto o no. Muchas Gracias!!

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