El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.
Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.
TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS
SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO | ||||
Personal que trabaja | Categoría | Actual | Noviembre/07 | Marzo/08 |
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) | 4ta. | $610.- | $ 830 | $906 |
Por hora | 4ta. | $ 4.65 | $ 6.30 | $ 6.90 |
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses | 1ra. | $1.021.- | $ 1.114.- | |
Mucamas, niñeras y cocineros especializados | 2da. | $ 947.- | $ 1.024.- | |
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- | 3ra. | $925.- | $ 1.010.- |
Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.
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Hola Maria:
El sueldo minimo es de pesos 1024.-, el viatico no se paga salvo que ya lo estes agando debes continuar pagandoselo, y los aportes son de pesos: 72 de los cuales pesos 37 coresponden los pague el trabajador.
gracias
Hola Graciela:
Quisiera saber cuanto debo pagar a alguien que cuide a mi hijo (y algunos quehaceres de la casa) de 10 a 17 hs (7horas) de lunes a viernes y si ademas del sueldo le tengo que pagar viáticos y en que categoria estaria para blanquearla.
Muchas gracias!
Hola Carolina:.
Sucede que no existen sueldo minimo en el caso de personas con cama, supongo que si bien no esta toda la semana con cama, abria que ver en tu caso algo similar.
gracias
Hola Francisco.
Te lo paso:
Dependientes
Sometidos a las normas del decreto 326/1956 y su estatuto 7979/1956.
Independientes con menos de 6 horas semanales
Autónomos, pequeños contribuyentes del régimen simplificado (monotributistas).
Independientes con más de 6 hs semanales
Encuadrados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico instituido por el Título XVIII de la ley 25239 y sus modificatorias.
gracias
Hola Veronica:
Lo que le estas pagando esta bien el sueldo no aumento desde el mes de marzo y es un sueldo minimo de $906.- por 200 horas de trabajo al mes qu een el caso tuyo pagando re bien correpsonden $116.- por semana, aparte de los $72.- $37 corresponde que los pague ella, te digo para que le expliques no para que le bajes el sueldo, que siempre depende de la confianza eficiencia rapidez, etc. cosas que tenes que tener en cuenta al momento de pagar, no es lo mismo una persona que en un momentito te limpia todo y bien que una persona que tarde en hacer lo mismo todo el día, no si fui clara.
Por otro lado si trabaja mas de 6 horas a la semana le correpsonde vacaciones, aguinaldo, enfermedad, etc. en la pagina tenes una guia practica que te va a sevir buscala si no al encontras avisame.
Pago por enfermedad al año son 30 días habiles.
garcias