El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.
Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.
TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS
SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO | ||||
Personal que trabaja | Categoría | Actual | Noviembre/07 | Marzo/08 |
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) | 4ta. | $610.- | $ 830 | $906 |
Por hora | 4ta. | $ 4.65 | $ 6.30 | $ 6.90 |
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses | 1ra. | $1.021.- | $ 1.114.- | |
Mucamas, niñeras y cocineros especializados | 2da. | $ 947.- | $ 1.024.- | |
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- | 3ra. | $925.- | $ 1.010.- |
Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.
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Hola Carolina:
Niñera media jornada sueldo MINIMO $505.- niñera espeacilizada sueldo MINIMO $512.-
gracias
Hola, una consulta,. Tengo 21 años y trabajo en negro. 8 horas de lunes a viernes de 9 a 17hs y sabados de 9 a 14hs. Horario corrido. Me pagan $200. Estoy atendiendo un local de computacion, aparte de vender por internet y de subir productos, Aparte diseño paginas web, photoshop, flash etc etc. No es muy poco? Gracias. Si me pueden contestar mi pregunta. Saludos
hola Victor:
Generalmente la baja se da dejando de pagar, pero depende de la agencia de la AFIP en algunas aquellas que te inscribiste como Empleador de servicio domestico tenes que dar la baja
gracias
Hola Cesar:
Calcula un MINIMO de $906.- po rahora seguro que esta por aumentar, luego considera la confianza, responsabilidad, habilidad, rapidez etc. y le acordas el sueldo, si algun dia no viene por que motivo? si es ausencia se lo descontas si esta enferma tiene 30 dias en el año, si es por que no la necesitas, acordalo cuando acordas el sueldo y se lo descontas o bien acordas el sueldo y si luego la necesitas lo pagas aparte.
gracias
Hola Monica:
si los podes completar vos, ingresando a a la pagina de la AFIP http://www.afip.gov.ar seccion formularios y buscas el formulario 102 completas y pagas o 575 si tenes algun pago adiccional.
gracias