Empleada doméstica

Salario mínimo Servicio doméstico

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo. Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo. TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08 Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906 Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90 Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de […]

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.

Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.

TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS

SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO
Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906
Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses 1ra. $1.021.- $ 1.114.-
Mucamas, niñeras y cocineros especializados 2da. $ 947.- $ 1.024.-
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- 3ra. $925.- $ 1.010.-

Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.

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2.918 comentarios en “Salario mínimo Servicio doméstico”

  1. El día l de agoso tomé una empleada con el trato de abonarle su salario al finalizar cada mes.
    Trabajó el día l, 2, 3 y 4 de agosto (el día 3 fue domingo). Luego por desacuerdos se fue.
    El día 7 de agosto retoma nuevamente el trabajo haciéndolo los días 7, 8, 9, 10, ll, l2, l3 y l4 (el día 10 fue domingo). Nuevamente no nos llevamos de acuerdo y deshicimos la relación laboral.
    Nuevamente retoma el trabajo a mi pedido y trabaja los días l5, l6, l7, l8, l9 y 20 siendo éste el último y definitivo día de su trabajo (el día l7 fue domingo y el día l8 feriado nacional). Tengo que pagarles los feriados como ella me reclama cuando el trato fue para el trabajo del mes cumplido?. En menos de 20 días se disolvió en tres veces la relación laboral. Yo solo le pague los días hábiles trabajados. Está bien?

  2. Hola, tengo una empleada que trabaja 9hs diarias, de lunes a sabados y domingos 1/2 dia, mas sabado y domingo por la noche (no es cama adentro) ¿Cuanto le deberia pagar aproximadamente, aparte del basico?

  3. hola yo quisiera saber si me podrian mandar por mail la actualización de los sueldos de las empleadas domestica y la categoria correspondiente muchas gracias

  4. HOLA :si yo ganaba por hs 8$ por 6hs diarias de lunes a viernes, cuanto me corresponde ganar mensual en blanco por la misma cantidad de hs. GRACIAS..

  5. Graciela, me olvidé en el mensaje anterior de comentarte que el trabajo sería en 3 días a la semana… corresponde encuadrarlo como servicio doméstico en este caso?
    gracias nuevamente!

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