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Ganancias 4ta. categoría mínimo no imponible

l mínimo no imponible del impuesto a las ganancias 4ta. categoría, es muy probable que se eleve de $ 2.400.- a $ 3.000.- para los trabajadores solteros y de $ 3.200.- a $ 4.000.- para los trabajadores casados, pero esto sucederá en el año 2007, recién se dará a conocer la noticia los primeros días de enero del siguiente año. Seguinos Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog. Nuestro TikTok: @EconoBlog.

l mínimo no imponible del impuesto a las ganancias 4ta. categoría, es muy probable que se eleve de $ 2.400.- a $ 3.000.- para los trabajadores solteros y de $ 3.200.- a $ 4.000.- para los trabajadores casados, pero esto sucederá en el año 2007, recién se dará a conocer la noticia los primeros días de enero del siguiente año.

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23 comentarios en “Ganancias 4ta. categoría mínimo no imponible”

  1. Hola Martín:

    El impuesto se paga desde el primer sueldo. Si te tienen que descontar, ya que a ese sueldo tenes que agregar el aguinaldo.
    gracias

  2. Hola Graciela:
    Si gano $3000 Bruto + $800 de incentivo +$500 de ticket, cuento pago de impuesto a las ganancias? Hay algo de cierto en que durante el primer año de actividad en el que gano este salario no corresponde pagar dicho impuesto?
    Gracias

  3. Hola Sebastian.

    viste al costado de la página hay un cartel BUSCAR: Planilla de cálculo ganancias cuarta categoría (excel)
    o bien buscalo por la fecha fue publicado el 9 de junio de 2007 en la seción AFIP

  4. Fernando de acuerdo a los datos que das (1 Conyuge 2 Hijos y aporte a AFJP – lo cual supongo-), en el año tendrás una retención estimada de 0$ (CERO), esto tomando solamente los 13 sueldos del año como imponible para el impuesto.

    La tabla del impuesto es única para todo el país, y no varía por provincias o zonas geográficas.

    Saludos y a tu disposición

    Saludos

Los comentarios están cerrados.

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